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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección II. Autoridades y personal

Subsección segunda. Oposiciones y concursos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 7366
Resolución de la directora general de Recursos Humanos de día 15 de abril de 2013, por la cual se modifica la Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 28 de julio de 2009, por la cual se publica la lista única por especialidades e islas de todos los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo convocado por Resolución de 1 de abril de 2009, de convocatoria de pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuela oficial de idiomas y de profesores de música y artes escénicas en las Islas Baleares

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Texto

Por Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 28 de julio de 2009, (BOIB núm.110 de 30 de julio), se publicó la lista única por especialidades e islas de todos los aspirantes que superaron el procedimiento selectivo convocado por Resolución del consejero de Educación y Cultura de 1 de abril de 2009, de convocatoria de pruebas selectivas de ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades a los cuerpos docentes de maestros, de profesores de enseñanza secundaria, de profesores técnicos de formación profesional, de profesores de escuela oficial de idiomas y de profesores de música y artes escénicas en las Illes Balears.

 Mediante acuerdo del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 29 de enero de 2013 se lleva a cabo la ejecución de la sentencia núm. 486/2012, de 28 de junio de 2012, dictada por el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears por la cual se ordena la retroacción de las actuaciones para que la Administración valore los méritos del señor Barceló Sansó, Tomeu y sea puntuado nuevamente conforme a los méritos alegados en su hoja de autobaremación añadiendo la valoración del expediente académico a fecha de día 9 de julio de 2009.

 Vista la retroacción de las actuaciones realizadas por la comisión de valoración de la fase de concurso valorando los méritos reclamados por el aspirante señor Barceló Sansó, Tomeu, fijando posteriormente la puntuación de éste en la fase de concurso, así como las actuaciones realizadas por la comisión de selección indicando su situación definitiva en el proceso de selección.

 Por todo esto y de acuerdo con el Decreto 12/2011, de 18 de junio, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Resolución del consejero de Educación, Cultura y Universidades de 26 de septiembre de 2011 de delegación de determinadas competencias en materia de gestión de personal en el director general de Recursos Humanos,

  

Resuelvo

 1. Modificar el anexo 1 correspondiente a los opositores aprobados del cuerpo de Maestros (0597) Isla Eivissa apartado EF Educación Física, de la Resolución de la consejera de Educación y Cultura de 28 de julio de 2009, por la cual se publica la lista única por especialidades e islas de todos los aspirantes que han superado el procedimiento selectivo convocado por Resolución del consejero de Educación y Cultura de 1 de abril de 2009.

 2. Incluir al señor Barceló Sansó, Tomeu en la lista de seleccionados del cuerpo 0597, especialidad Educación Física, acceso 1, que han superado el procedimiento selectivo, con una puntuación de 5,3264 puntos, entre la señora Vaquer Ávila, Yolanda con 5,407 puntos, y la señora Pons Molina, Ingrid con 5,3064 puntos.

 3. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

 

Interposición de Recursos

 Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la directora general de Recursos Humanos en el plazo de un mes contador desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con los artículos 25.5 y 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

 También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears contadores desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución, de acuerdo con los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.

 

Palma, 15 de abril de 2013

 La directora general de Recursos Humanos

  Margalida G. Pizà Ginard