Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE EIVISSA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM. 1 DE EIVISSA

Núm. 6807
Ejecución de Títulos Judiciales 0000032/2013

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dª TERESA MARIA BALLESTER MANRESA, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Social nº1 de IBIZA/EIVISSA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 32 /2013 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de Dª Mª BELEN PIEDRA MANGAS, ALEXANDER RIERA GALLEGO, VANESSA MARTINEZ MUÑOZ, ALBA CARPIO ANGUITA, DAVID BARRAGAN FERNANDEZ  contra la empresa  SUPEROCHOBEACH, SLU, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Acuerdo: Acumular a la presente ejecución la/s ejecución/es seguida/s en este Órgano Judicial con el/los número/números 32/13, siguiéndose todas ellas como si de una sola se tratara por un total principal acumulado de 73304,31€ de principal y 1054,13€ presupuestado provisionalmente para intereses y costas, desglosándose entre los ejecutantes del siguiente modo:

- Mª BELÉN PIEDRA MANGAS: 15983,35€

- ALEXANDER RIERA GALLEGO: 10889,75€

- VANESSA MARTÍNEZ MUÑOZ: 4344,33€

- ALBA CARPIO ANGUITA: 10198,67€

- CRISTIAN RODRÍGUEZ ALFONSO: 9213,69€

- DAVID FERNÁNDEZ BARRAGÁN: 22674,52€

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

DECRETO 8/4/13

PARTE DISPOSITIVA

En orden a dar efectividad a las medidas concretas solicitadas, acuerdo:

- Requerir de pago a  SUPEROCHOBEACH, SLU, por la cantidad reclamada en concepto de principal e intereses devengados, en su caso, hasta la fecha de la demanda, y, si no pagase en el acto, procédase al embargo de sus bienes en la medida suficiente para Comisión Judicial para que practique el requerimiento.

- Proceder al embargo de bienes y a las medidas de localización y averiguación de los bienes del ejecutado que procedan, conforme a lo previsto en los arts. 589 y 590 LEC.

- El embargo de los saldos acreedores a nombre de la ejecutada para asegurar la responsabilidad de  SUPEROCHOBEACH, SLU hasta librándose al efecto los despachos necesarios para su efectividad. 

- Consultar las aplicaciones informáticas del Órgano judicial para la averiguación de bienes del ejecutado.

- Cautelarmente notifíquese esta ejecución a la ejecutada a través del BOIB

Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de  TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 186 LPL. El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros, en la cuenta nº 0493 0000 64 0032 13 abierta en banesto, debiendo indicar en el campo concepto, la indicación recurso seguida del código ‘31 Social- Revisión’. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación ‘recurso’ seguida del ‘código 31 Social- Revisión’. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL

Y para que sirva de notificación en legal forma a SUPEROCHOBEACH, SLU, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En IBIZA/EIVISSA, a ocho de Abril de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.