Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ
Núm. 7169
Convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto para los residentes empadronados en el municipio de Calvià, escolarizados en educación primaria, o secundaria obligatoria para el curso 2013-2014
La Junta de Gobierno Local aprobó en sesión ordinaria de día 3 y 15 de abril actuales la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto para los residentes empadronados en el municipio de Calvià, escolarizados en educación primaria o secundaria obligatoria para el curso 2013-2014.. De conformidad a lo que dispone el articulo 9.3 de la Ley 38/03 de 17 de noviembre, General de Subvenciones se publican les bases reguladores que la rigen.
Calvià 16 de abril de 2013.
La Teniente de Alcalde de Servicios Sociales, Sanidad y 3ª Edad.
Mº Cristina de León Rodríguez.
CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA LOS RESIDENTES EMPADRONADOS EN EL MUNICIPIO DE CALVIÀ, ESCOLARIZADOS EN EDUCACIÓN PRIMARIA, O SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2013-2014.
El Servicio de Bienestar Social y Sanidad del Ajuntament de Calvià convoca ayudas para la adquisición de libros de texto, según las siguientes bases y cláusulas:
BASES
Primera.
Objeto de la convocatoria
El objeto es convocar ayudas para la adquisición de libros de texto de educación primaria o secundaria obligatoria para el curso escolar 2013-2014 dirigida a alumnos de centros públicos de les Illes Balears residentes en el municipio de Calvià.
Segundo.
Requisitos.
1.- Ser residente empadronado en el municipio de Calvià con una antigüedad mínima del día 1 de enero de 2013 y continuar empadronado en el momento de otorgarse la ayuda. Este requisito se aplica al solicitante (padre, madre o tutor legal) y al alumno o alumnos solicitantes.
2.- Estar matriculado en un centro público de educación primaria o de educación secundaria.
3.- No se podrá obtener esta ayuda en caso de repetir curso y haberla obtenido el alumno de referencia en la convocatoria anterior para el mismo curso.
4.- Estar el solicitante (padre, madre o tutor legal) al corriente de las obligaciones económicas y tributarias con el Ajuntament de Calvià a fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes según el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Se considera deuda la que se encuentra en periodo ejecutivo.
5.-Que los rendimientos de la unidad familiar para el año 2012 (saldo neto de rendimientos de la base imponible general y de las imputaciones de la renta) no hayan superado los lindares máximos siguientes:
-Familias de 2 miembros……………………….15.393, 60€
-Familias de 3 miembros……………………….20.011, 68€
-Familias de 4 miembros…………….…………24.014, 02€
-Familias de 5 miembros…………………….... 26.415, 42€
-Familias de 6 miembros……………………….29.056, 47€
-Familias de 7 y más miembros…………..…...32.012, 94€
En los casos en los que el rendimiento neto del ahorro sea igual o superior a 250 € se denegará la solicitud de ayuda.
Constituyen modalidades de unidad familiar para el cómputo de ingresos, las siguientes:
a. La integrada por los cónyuges no separados legalmente, o bien por ambos padres sin vínculo matrimonial legal, y los hijos:
- menores de edad;
- mayores de edad;
-mayores de edad incapacitados legalmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada;
- menores a cargo en acogimiento familiar, debidamente acreditado, y siempre que el órgano administrativo que haya adjudicado la medida no cubra los gastos de libros de texto.
b. En los casos de separación matrimonial/divorcio/separación de hecho, la formada por el padre o la madre y todos los hijos menores que convivan por sentencia judicial con uno u otro, y siempre justificada mediante original y copia de dicha sentencia judicial. Así como los hijos mayores de edad en las mismas condiciones que en el epígrafe anterior.
6.- Quedan excluidas de las ayudas las unidades familiares que cuenten con más de una vivienda en propiedad en que el porcentaje de copropiedad de la vivienda sea igual o superior al 50%.
Tercero.-
Criterios para otorgar las ayudas.
Cuando el montante de las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos sea superior a la partida presupuestaria destinada a las ayudas se procederá a la redistribución proporcional de la misma entre todos los solicitantes.
Cuarto.-
Documentación.
Todas las solicitudes irán acompañadas de los documentos originales y fotocopias. No se valorarán las solicitudes sin fotocopia de los documentos, ni aquellas en las que no se pueda compulsar la copia por falta de muestra del original.
La documentación a presentar es la siguiente:
1.- Modelo de solicitud correctamente cumplimentado (declaración jurada). Se encontrará a disposición de los solicitantes en los registros municipales.
2.- DNI en vigor, o en caso de ser extranjeros el NIE o pasaporte, del padre y de la madre (o tutor/es legal/es si fuera el caso); en los casos de separación con régimen de guarda y custodia con sentencia judicial, el documento de identificación del progenitor que la ostente; si la ostentan los dos, el documento de ambos.
3.- Cuando el solicitante de la ayuda sea el tutor legal se presentará el documento que lo acredite.
4.- Declaración de la renta o certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al ejercicio fiscal del año 2012 del padre y madre o de los tutores del solicitante, así como de los hijos mayores de edad que formen parte de la unidad familiar y hayan contado con ingresos en dicho ejercicio. Cuando algún miembro de dicha unidad no cuente con la documentación fiscal, firmará un documento autorizando al ayuntamiento de Calvià a solicitar dicha información fiscal en base al convenio firmado con la agencia tributaria.
5.- En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, se requerirá al solicitante la sentencia que acredite la guarda y custodia de los menores.
6.- Libro de familia con todos los componentes.
7- Anexo: autorización de consulta de expediente de historia social de Servicios Sociales Municipales, si lo hubiera, de situaciones excepcionales de difícil argumentación documental.
Quinto.-
Naturaleza de las ayudas y normativa aplicable.
Las presentes ayudas tienen carácter de máximos, carácter voluntario y temporal, no son invocables como precedente y no se puede exigir aumento o revisión de la cuantía asignada.
Son compatibles con otras ayudas por el mismo concepto. En aplicación de los artículos 14 y 19 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, será obligación del beneficiario comunicar al Ajuntament de Calvià la obtención de otra ayuda, ingreso o recurso que financie el mismo concepto, y el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aislada o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste del concepto subvencionable.
En lo no previsto en las presentes bases le será de aplicación la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el RDL 2/2004 de 5 de marzo que aprueba el texto refundido de las haciendas locales, las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2013 y el resto de la normativa aplicable para la concesión de subvenciones.
Sexto.-
Ayudas y cuantía.
Ayudas para matriculados en 1º de educación primaria: 110€
Ayudas para matriculados en 2º de educación primaria: 110€
Ayudas para matriculados en 3º de educación primaria: 130€
Ayudas para matriculados en 4º de educación primaria: 150€
Ayudas para matriculados en 5º de educación primaria: 150€
Ayudas para matriculados en 6º de educación primaria: 150€
Ayudas para matriculados en 1º de educación secundaria obligatoria: 200€
Ayudas para matriculados en 2º de educación secundaria obligatoria: 200€
Ayudas para matriculados en 3º de educación secundaria obligatoria: 225€
Ayudas para matriculados en 4º de educación secundaria obligatoria: 225€
En el caso de que una vez tramitadas todas las ayudas concedidas haya un remanente de crédito en principio transferido, este se destinará por el Servicio de Bienestar Social y Sanidad a las actuaciones que consideren necesarias relacionadas con la adquisición de libros de texto.
Séptimo.-
Plazos y presentación de solicitudes.
Las solicitudes pueden presentarse del 20 de mayo al 21 de junio de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 h en el en el Registro General de la Corporación, en los registros auxiliares municipales de la Policía Local o de “Es Generador”, o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.
Octavo.-
Comisión de valoración.
Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la constitución de una Comisión de valoración que deliberará y propondrá la resolución de esta convocatoria pública de acuerdo con la puntuación obtenida, conforme a los criterios de la base 3, o en base a la consulta de la información que conste en cualquier departamento municipal. Estará integrada por los siguientes miembros:
La Comisión elaborará un informe o propuesta de resolución en la que constarán las valoraciones efectuadas conforme a las presentes bases, y que contendrá en su caso una relación de los alumnos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria y la cuantía de la ayudas así como los alumnos que se propone denegar la ayuda especificando el motivo.
Noveno.-
Obligaciones de los beneficiarios.
Los perceptores de las subvenciones están obligados a:
Décimo.-
Justificación de las ayudas.
De acuerdo con lo que dispone el artículo 30.7 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones, estas ayudas no requieren otra justificación que la acreditación de cumplir con la condición de beneficiario.
Decimoprimero.-
Resolución.
La Junta de Gobierno Local, a la vista de la propuesta de la Comisión de Valoración, previo dictamen de la comisión informativa correspondiente, asignará objetivamente y de forma individual las ayudas sin otro trámite que la fiscalización previa del expediente que, en este caso, se limitará a controlar la competencia del órgano para aprobar el gasto y la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.
Decimosegundo.-
Pago.
El presupuesto total de la presente convocatoria es de CIENTO VEINTISEIS MIL QUINIENTOS euros (126.500€) con cargo a la partida 140 23302 4800002 del presupuesto para el 2013.
El Ayuntamiento de Calvià podrá realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto al destino y la aplicación de las subvenciones concedidas.
La reserva de crédito de la convocatoria no podrá superar en conjunto el importe de crédito de la partida destinada anualmente a las ayudas de adquisición de libros, siendo nulas las convocatorias que no dispongan de crédito presupuestario.
Decimotercero.-
Reformulación.
La Junta de Gobierno Local, una vez concedidas las subvenciones a los beneficiarios y, en aplicación del principio de proporcionalidad, podrá modificar su asignación mediante resolución motivada, ante la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes:
En el caso de darse la circunstancia a) se podrá proceder en última instancia a su revocación.
Decimocuarto.-
Reintegro.
Serán causas de reintegro de la subvención:
Calvià, 11 de marzo de 2013.
La Teniente de Alcalde de Bienestar Social, Sanidad y 3ª Edad.
Mª Cristina de León Rodríguez.
ANEXO 1
D/Dña.
Con DNI/NIF/Pasaporte nº:
En el marco de la convocatoria de ayuda de libros de texto para el curso 2013/2014 del Ayuntamiento de Calvià y teniendo en cuenta el convenio fiscal existente entre la Agencia Tributária y el Ayuntamiento de Calvià, autorizo al Ayuntamiento de Calvià que solicite a la Agencia Tributaria la información de mis datos fiscales del Ejercicio 2012 al carecer de documentos que la acrediten.
Y para que conste a los efectos oportunos,
Firma del solicitante
En Calvià, a de de 2013.
ANEXO 2
D/Dña
Con DNI/NIF/Pasaporte nº
En el marco de la convocatoria de ayuda de libros de texto para el curso 2013/2014 del ayuntamiento de Calvià, autorizo a que se consulte en mi expediente de historia social de Servicios Sociales Municipales, la siguiente información de la cual carezco de documentos que la acrediten:
Y para que conste a los efectos oportunos,
Firma del solicitante
En Calvià, a de de 2013.
ANEXO 3
SR/ SRA………………….............................................…………………., mayor de edad, titular del DNI, ....................................................... con domicilio a efectos de notificaciones sito en………....................................................………
MANIFIESTA
Que aporta sentencia de divorcio/separación para su unión a la solicitud de ayuda de libros. Dicha sentencia se encuentra en ……....................…….. (idioma)
DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:
El contenido de la sentencia en relación a la guarda y custodia de los niños es el siguiente:
Lo que manifiesta a los efectos oportunos.
Calvià, a de de 2013