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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 7169
Convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto para los residentes empadronados en el municipio de Calvià, escolarizados en educación primaria, o secundaria obligatoria para el curso 2013-2014

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Texto

La Junta de Gobierno Local aprobó en sesión ordinaria de día 3 y 15 de abril actuales  la convocatoria de ayudas para la adquisición de libros de texto para los residentes empadronados en el municipio de Calvià, escolarizados en educación primaria o secundaria obligatoria para el curso 2013-2014.. De conformidad a lo que  dispone  el articulo 9.3 de la Ley 38/03  de 17 de noviembre, General  de Subvenciones se publican les bases reguladores que la rigen.

Calvià 16 de abril de 2013.

La Teniente de Alcalde de Servicios Sociales, Sanidad y  3ª Edad.
Mº Cristina de León Rodríguez.

 

CONVOCATORIA DE AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE LIBROS DE TEXTO PARA LOS RESIDENTES EMPADRONADOS  EN EL MUNICIPIO DE CALVIÀ, ESCOLARIZADOS EN EDUCACIÓN PRIMARIA, O SECUNDARIA OBLIGATORIA PARA EL CURSO 2013-2014.

El Servicio de Bienestar Social y Sanidad del Ajuntament de Calvià  convoca ayudas para la adquisición de libros de texto, según las siguientes bases y cláusulas:

BASES

Primera.
Objeto de la convocatoria

El objeto es convocar ayudas para la adquisición de libros de texto de educación primaria o secundaria obligatoria para  el curso escolar 2013-2014 dirigida a alumnos de centros públicos de les Illes Balears residentes en el municipio de Calvià.

Segundo.
Requisitos.

1.- Ser residente empadronado en el municipio de Calvià con una antigüedad mínima del día 1 de enero de 2013 y continuar empadronado en el momento de otorgarse la ayuda. Este requisito se aplica al solicitante (padre, madre o tutor legal) y al alumno o alumnos solicitantes.

2.- Estar matriculado en un centro público de educación primaria o de educación secundaria.

3.- No se podrá obtener esta ayuda en caso de repetir curso y haberla obtenido el alumno de referencia en la convocatoria anterior para el mismo curso.

4.- Estar el solicitante (padre, madre o tutor legal) al corriente de las obligaciones económicas y tributarias con el Ajuntament de Calvià a fecha de finalización del periodo de presentación de solicitudes según el artículo 13.2 de la Ley General de Subvenciones. Se considera deuda la que se encuentra en periodo ejecutivo.

5.-Que los rendimientos de la unidad familiar para el año 2012 (saldo neto de rendimientos de la base imponible general y de las imputaciones de la renta) no hayan superado los lindares máximos siguientes:

            -Familias de 2 miembros……………………….15.393, 60€

            -Familias de 3 miembros……………………….20.011, 68€

            -Familias de 4 miembros…………….…………24.014, 02€

            -Familias de 5 miembros…………………….... 26.415, 42€

            -Familias de 6 miembros……………………….29.056, 47€

            -Familias de 7 y más miembros…………..…...32.012, 94€

En los casos en los que el rendimiento neto del ahorro sea igual o superior a 250 € se denegará la solicitud de ayuda.

Constituyen modalidades de unidad familiar para el cómputo de ingresos, las siguientes:

a. La integrada por los cónyuges no separados legalmente, o bien por ambos padres sin vínculo matrimonial legal, y los hijos:

- menores de edad;

- mayores de edad;

-mayores de edad incapacitados legalmente sujetos a patria potestad prorrogada o rehabilitada;

- menores a cargo en acogimiento familiar, debidamente acreditado, y siempre que el órgano administrativo que haya adjudicado la medida no cubra los gastos de libros de texto.

b. En los casos de separación matrimonial/divorcio/separación de hecho, la formada por el padre o la madre y todos los hijos menores que convivan por sentencia judicial con uno u otro, y siempre justificada mediante original y copia de dicha sentencia judicial. Así como los hijos mayores de edad en las mismas condiciones que en el epígrafe anterior.

6.- Quedan excluidas de las ayudas las unidades familiares que cuenten con más de una vivienda en propiedad en que el porcentaje de copropiedad de la vivienda sea igual o superior al 50%.

Tercero.-
Criterios para otorgar las ayudas.

Cuando el montante de las solicitudes presentadas que reúnan los requisitos sea superior a la partida presupuestaria destinada a las ayudas se procederá a la redistribución proporcional de la misma entre todos los solicitantes.

Cuarto.-
Documentación.

Todas las solicitudes irán acompañadas de los documentos originales y fotocopias. No se valorarán las solicitudes sin fotocopia de los documentos, ni aquellas en las que no se pueda compulsar la copia por falta de muestra del original.

La documentación a presentar es la siguiente:

1.- Modelo de solicitud correctamente cumplimentado (declaración jurada). Se encontrará a disposición de los solicitantes en los registros municipales.

2.- DNI en vigor, o en caso de ser extranjeros el NIE o pasaporte, del padre y de la madre (o tutor/es legal/es si fuera el caso); en los casos de separación con régimen de guarda y custodia con sentencia judicial, el documento de identificación del progenitor que la ostente; si la ostentan los dos, el documento de ambos.

3.- Cuando el solicitante de la ayuda sea el tutor legal se presentará el documento que lo acredite.

4.- Declaración de la renta o certificado de imputaciones de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria correspondiente al ejercicio fiscal del año 2012 del padre y madre o de los tutores del solicitante, así como de los hijos mayores de edad que formen parte de la unidad familiar y hayan contado con ingresos en dicho ejercicio. Cuando algún miembro de dicha unidad no cuente con la documentación fiscal, firmará un documento autorizando al ayuntamiento de Calvià a solicitar dicha información fiscal en base al convenio firmado con la agencia tributaria.

5.- En caso de separación, divorcio o cese de la convivencia, se requerirá al solicitante la sentencia que acredite la guarda y custodia de los menores.

6.- Libro de familia con todos los componentes.

7- Anexo: autorización de consulta de expediente de historia social de Servicios Sociales Municipales, si lo hubiera, de situaciones excepcionales de difícil argumentación documental.

Quinto.-
Naturaleza de las ayudas y normativa aplicable.

Las presentes ayudas tienen carácter de máximos, carácter voluntario y temporal, no son invocables como precedente y no se puede exigir aumento o revisión de la cuantía asignada.

Son compatibles con otras ayudas por el mismo concepto. En aplicación de los artículos 14 y 19 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre, general de subvenciones, será obligación del beneficiario comunicar al Ajuntament de Calvià la obtención de otra ayuda, ingreso o recurso que financie el mismo concepto, y el importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía, que aislada o en concurrencia con otras subvenciones supere el coste del concepto subvencionable.

En lo no previsto en las presentes bases le será de aplicación la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones, la Ley 30/1992 de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el RDL 2/2004 de 5 de marzo que aprueba el texto refundido de las haciendas locales, las bases de ejecución del presupuesto municipal de 2013 y el resto de la normativa aplicable para la concesión de subvenciones.

Sexto.-
Ayudas y cuantía

   

            Ayudas para matriculados en 1º de educación primaria: 110€

            Ayudas para matriculados en 2º de educación primaria: 110€

            Ayudas para matriculados en 3º de educación primaria: 130€

            Ayudas para matriculados en 4º de educación primaria: 150€

            Ayudas para matriculados en 5º de educación primaria: 150€

            Ayudas para matriculados en 6º de educación primaria: 150€

            Ayudas para matriculados en 1º de educación secundaria obligatoria: 200€

            Ayudas para matriculados en 2º de educación secundaria obligatoria: 200€

            Ayudas para matriculados en 3º de educación secundaria obligatoria: 225€

            Ayudas para matriculados en 4º de educación secundaria obligatoria: 225€

En el caso de que una vez tramitadas todas las ayudas concedidas haya un remanente de crédito en principio transferido, este se destinará por el Servicio de Bienestar Social y Sanidad a las actuaciones que consideren necesarias relacionadas con la adquisición de libros de texto.

Séptimo.-
Plazos y presentación de solicitudes.

Las solicitudes pueden presentarse del 20 de mayo al 21 de junio de lunes a viernes de 9:00 a 14:30 h en el en el Registro General de la Corporación, en los registros auxiliares municipales de la Policía Local o de “Es Generador”, o en cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.

Octavo.-
Comisión de valoración.

Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se procederá a la constitución de una Comisión de valoración que deliberará y propondrá la resolución de esta convocatoria pública de acuerdo con la puntuación obtenida, conforme a los criterios de la base 3, o en base a la consulta de la información que conste en cualquier departamento municipal.  Estará integrada por los siguientes miembros:

  • Un Presidente: Teniente de Alcalde de 3ª Edad, S. Sociales y Sanidad, o persona en quien delegue.
  • Dos funcionarios o personas adscritas al Servicio de Bienestar Social y Sanidad o personas en quienes se delegue.
  • Un funcionario del  servicio de Bienestar Social y Sanidad que ejercerá las funciones de Secretario.

La Comisión elaborará un informe o propuesta de resolución en la que constarán las valoraciones efectuadas conforme a las presentes bases,  y que contendrá en su caso una relación de los alumnos que cumplan con los requisitos establecidos en la convocatoria y la cuantía de la ayudas así como los alumnos que se propone denegar la ayuda especificando el motivo.

Noveno.-
Obligaciones de los beneficiarios.

Los perceptores de las subvenciones están obligados a:

  1. Comunicar las alteraciones que se produzcan en las circunstancias y requisitos objetivos y subjetivos tenidos en cuenta para la concesión de la subvención.
  2. Someterse a las actuaciones de comprobación y a facilitar la información que se requiera.
  3. Comunicar la obtención de subvenciones o ayudas para la misma finalidad, procedentes de otras administraciones, entidades públicas o privadas nacionales o internacionales.
  4. Aceptar los requisitos exigidos para la concesión u obtención de la subvención.

Décimo.-
Justificación de las ayudas.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 30.7 de la Ley 38/2003 de 17 de noviembre general de subvenciones, estas ayudas no requieren otra justificación que la acreditación de cumplir con la condición de beneficiario.

Decimoprimero.-
Resolución.

La Junta de Gobierno Local, a la vista de la propuesta de la Comisión de Valoración, previo dictamen de la comisión informativa correspondiente, asignará objetivamente y de forma individual las ayudas sin otro trámite que la fiscalización previa del expediente que, en este caso, se limitará a controlar la competencia del órgano para aprobar el gasto y la existencia de crédito presupuestario adecuado y suficiente.

Decimosegundo.-
Pago.

El presupuesto total de la presente convocatoria es de CIENTO VEINTISEIS MIL QUINIENTOS euros  (126.500€) con cargo a la partida 140 23302 4800002 del presupuesto para el 2013.

El Ayuntamiento de Calvià podrá realizar, mediante los procedimientos legales pertinentes, las comprobaciones necesarias respecto al destino y la aplicación de las subvenciones concedidas.

La reserva de crédito de la convocatoria no podrá superar en conjunto el importe de crédito de la partida destinada anualmente a las ayudas de adquisición de libros, siendo nulas las convocatorias que no dispongan de crédito presupuestario.

Decimotercero.-
Reformulación.

La Junta de Gobierno Local, una vez concedidas las subvenciones a los beneficiarios y, en aplicación del principio de proporcionalidad, podrá modificar su asignación mediante resolución motivada, ante la concurrencia de alguna de las circunstancias siguientes:

  1. La alteración de las circunstancias o requisitos objetivos y subjetivos tenidos en cuenta para la concesión de la ayuda.
  2. La obtención del beneficiario de ayudas o subvenciones concedidas por otros órganos de la Administración Pública con las excepciones que se especifican en las presentes bases.

En el caso de darse la circunstancia a) se podrá proceder en última instancia a su revocación.

Decimocuarto.-
Reintegro.

Serán causas de reintegro de la subvención:

  1. La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquéllas que lo hubieran impedido.
  2. La no utilización de la subvención concedida para la compra de los libros

 

Calvià, 11 de marzo  de 2013.

La Teniente de Alcalde de Bienestar Social, Sanidad y 3ª Edad.
Mª Cristina de León Rodríguez.

 

ANEXO 1

D/Dña.

Con DNI/NIF/Pasaporte nº:

En el marco de la convocatoria de ayuda de libros de texto para el curso 2013/2014 del Ayuntamiento de Calvià y teniendo en cuenta el convenio fiscal existente entre la Agencia Tributária y el Ayuntamiento de Calvià, autorizo al Ayuntamiento de Calvià que solicite a la Agencia Tributaria la  información de mis datos fiscales del Ejercicio 2012 al carecer de  documentos que la acrediten.

Y para que conste a los efectos oportunos,

Firma del solicitante

 

En Calvià, a          de                              de 2013.

 

ANEXO 2

D/Dña 

Con DNI/NIF/Pasaporte nº

En el marco de la convocatoria de ayuda de libros de texto para el curso 2013/2014 del ayuntamiento de Calvià, autorizo a que se consulte en mi expediente de historia social de Servicios Sociales Municipales, la siguiente información de la cual carezco de documentos que la acrediten:

Y para que conste a los efectos oportunos,

Firma del solicitante

 

En Calvià, a          de                              de 2013.

 

 

ANEXO 3

SR/ SRA………………….............................................…………………., mayor de edad, titular del DNI, ....................................................... con domicilio a efectos de notificaciones sito en………....................................................………

MANIFIESTA

Que aporta sentencia de divorcio/separación para su unión a la solicitud de ayuda de libros. Dicha sentencia se encuentra en ……....................…….. (idioma)

DECLARO BAJO MI RESPONSABILIDAD QUE:

El contenido de la sentencia en relación  a la guarda y custodia de los niños es el siguiente:

Lo que manifiesta a los efectos oportunos.

 

Calvià,  a        de                     de  2013