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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6726
Despido/ceses en general 1627/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 0001627 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª RAFAEL ALEJANDRO REUS COSTA contra la empresa  ENERGY CLUB ANGELO SASTRE SL, sobre  DESPIDO, se ha dictado  sentencia cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

FALLO

QUE ESTIMANDO LA DEMANDA  interpuesta por D. Rafael Alejandro Reus Costa contra la empresa Energy Club Angelo Sastre S.L. con citación del Fondo de Garantía Salarial sobre despido, debo declarar y declaro la improcedencia del despido del demandante efectuado en fecha 22 de noviembre de 2.011 por la empresa demandada, y resultando imposible la reincorporación del trabajador a su puesto de trabajo condeno a la empresa Energy Club Angelo Sastre S.L.  a abonar a D. Rafael Alejandro Reus Costa una indemnización por importe de 1.106,19 € así como la cantidad de 2.240,4 € en concepto de salarios de tramitación declarando extinguida con fecha de hoy la relación laboral habida entre las partes.

Todo ello con absolución del Fondo de Garantía Salarial sin perjuicio de sus eventuales responsabilidad legales.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  ENERGY CLUB ANGELO SASTRE SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a cuatro de Abril de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL