Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE MANACOR
Núm. 6928
Juicio Verbal 0001161/2012 Sobre Otras Materias
Dª MARIA SANCHEZ BARCAIZTEGUI GARCIA FARIA, Secretaria Judicial, del Juzgado de Primera Instancia nº4 de Manacor, por el presente,
ANUNCIO
En el presente procedimiento JUICIO VERBAL 1161/12 seguido a instancia de AYUNTAMIENTO DE FELANITX frente a Maria Del Pilar Truyols Dezcallar, Jorge Truyols Dezcallar, Maria Truyols Dezcallar, Maria Del Carmen Truyols Dezcallar, Francisco Truyols Dezcallar, Antonio Truyols Dezcallar, Maria De La Asuncion Truyols Dezcallar, Maria De Los Dolores Truyols Dezcallar, se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
Ilustre Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Manacor: Don Tomás Sánchez Puente
Procedimiento: Juicio Verbal nº 1161/12
Parte demandante: Excmo. Ayuntamiento de Felanitx
Letrado: Don Antonio Juliá Barceló
Procurador: Don Bartolomé Quetglas Mesquida
Parte demandada: Jorge, María, María del Carmen, Francisco, Antonio, María del Pilar, María de la Asunción y María de los Dolores Truyols Dezcallar (o contra sus ignorados herederos).
SENTENCIA
En Manacor, a 25 de marzo de 2013
FALLO:
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda presentada por el procurador don Bartolomé Quetglas Mesquida, en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Felanitx:
Se declara extinguido el derecho de alodio, afecto a la finca inscrita en el Registro de la Propiedad nº 1 de Felanitx, al Tomo 4.480, Libro 864, Folio 128, finca nº 163, inscrito a favor de los Sres. Jorge, María, María del Carmen, Francisco, Antonio, María del Pilar, María de la Asunción, y María de los Dolores Truyols Dezcallar (inscripción 11ª).
Una vez firme la sentencia, líbrese mandamiento acompañado de testimonio de la sentencia, para la cancelación de la inscripción registral del citado derecho de censo.
Sin condena en costas a ninguna de las partes.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Contra la sentencia cabe interponer Recurso de Apelación, en el plazo de cinco días desde la notificación de la misma. La interposición del recurso exige la previa constitución de un depósito de 50 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones, depósito que será devuelto en los casos de estimación total o parcial del recurso.
Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y encontrándose dichos demandados, Maria Del Pilar, Jorge, Maria, Maria Del Carmen, Francisco, Antonio, Maria De La Asunción Y Maria De Los Dolores Truyols Dezcallar, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
MANACOR, a 26 de Marzo de 2013.
LA SECRETARIA JUDICIAL.