Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 6957
Notificación de las Resoluciones del presidente del Servicio de Ocupación de les Illes Balears, relativas a las denegaciones de las solicitudes de ayudas de transporte para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
Habiendo intentado notificar sin éxito la:
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de 27 de juliol de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de DINA CECILIA ROSSI que se ha dictado Resolución relativa a la denegación de la ayuda de transporte solicitada para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de 27 de juliol de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de JOSE HELMER LONDOÑO OSORIO que se ha dictado Resolución relativa a la denegación de la ayuda de transporte solicitada para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de 27 de juliol de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de MARLENE FILIGRANA SERRATO que se ha dictado Resolución relativa a la denegación de la ayuda de transporte solicitada para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de 27 de juliol de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de PATRICIA ISABEL DIAZ GIRON que se ha dictado Resolución relativa a la denegación de la ayuda de transporte solicitada para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de 27 de juliol de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de SOR ELENA GARCIA QUIÑONEZ que se ha dictado Resolución relativa a la denegación de la ayuda de transporte solicitada para la acción formativa “Apoyo domiciliario y alimentación familiar” del Convenio Instrumental entre el Servicio de Ocupación de les Illes Balears y la Unión General de Trabajadores de les Illes Balears.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Educación, Cultura y Universidades, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de la recepción de esta notificación , de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, y el artículo 117 de la Ley 30 / 1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, o bien directamente interponer, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado contencioso Administrativo de Palma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
El expediente se encuentra a su disposición en el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el Camino Viejo de Bunyola, núm. 43,1º, 07009 Palma
Núm. exp.: AFA-01/09-05 “Apoyo domiciliario y alimentación familiar”
Alumna: DINA CECILIA ROSSI
CIF: X9850566B
Núm. exp.: AFA-01/09-05 “Apoyo domiciliario y alimentación familiar”
Alumno: JOSE HELMER LONDOÑO OSORIO
CIF: X6682638B
Núm. exp.: AFA-01/09-05 “Apoyo domiciliario y alimentación familiar”
Alumna: MARLENE FILIGRANA SERRATO
CIF: Y0650232J
Núm. exp.: AFA-01/09-05 “Apoyo domiciliario y alimentación familiar”
Alumna: PATRICIA ISABEL DIAZ GIRON
CIF: X9860821P
Núm. exp.: AFA-01/09-05 “Apoyo domiciliario y alimentación familiar”
Alumna: SOR ELENA GARCIA QUIÑONEZ
CIF: X6662359H
Palma, 8 de abril de 2013
La directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares
Francisca Ramis Pons