Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ
Núm. 6951
Notificación iniciación expte. Inf. Urbanística 89/2010
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción urbanística, a JOSE ANTONIO GARCIA DE HARO, y al haber intentado la notificación por correos, sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a, JOSE ANTONIO GARCIA DE HARO, de conformidad con lo que se dispone en el artículo 59.4 de la Ley 30/1192, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 05/02/2013, que transcrito dice:
“Sección: Urbanismo Negociado: Inf. Urb. Ref. J.H.
De conformidad con lo que se dispone en el articulo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que la Alcaldía, en fecha 05/02/13, ha dictado la siguiente Resolución:
“Sección: Urbanismo, Negociado: Inf. Urbanísticas, Ref: J.H. EXPTE.: 000089/2010-SAN
DECRETO DE INICIACIÓN DE EXPEDIENTE SANCIONADOR POR SUPUESTA INFRACCIÓN URBANÍSTICA
Marratxí, 05 de febrero de 2013.
Considerando que se ha recibido un escrito de fecha 20/11/10, remitido por el Sr. Celador municipal, informando que por parte del Sr. Jose antonioGarcia dDe Haro, se ha construido ampliacón de una caseta de unos 80 m2 en polígono 2-B parcela 601, sin la correspondiente licencia urbanística municipal.
Considerando que se han incorporado en este expediente los informes emitidos por los Servicios Técnicos Municipales de fecha 07/02/12 y por los Servicios Jurídicos Municipales en fecha 21/03/12.
Ante la posibilidad de que los hechos denunciados puedan constituir una infracción urbanística, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confieren lo que se dispone en el artículo 10.2 segundo parágrafo del RD 1398/1993, de 4 de agosto, art. 5 del Decreto Autonómico, 14/1994, de 10 de febrero i demás normativa concordante, tiene a bien dictar lo siguiente:
R E S O L U C I ÓN
1º.- Decretar la incoación del expediente sancionador a Jose Antonio Garcia De Haro, de conformidad con el art. 72 de la Ley de Disciplina Urbanística, aprobado por Ley 10/90, del Gobierno Balear de 23 de octubre y art. 8 RE 14/1994 de 10 de febrero; por estimar haber cometido la infracción urbanística siguiente: Ampliación de una caseta de unos 80 m2, en polígono 2-B parcela 601, sin la correspondiente licencia municipal.
Y, a los efectos de lo que dispone el artículo 8.1 apartados a) b) y c) del mencionado Decreto Autonómico 14/1994, de 10 de febrero, se hace constar que:
PRIMERO.- Según informe de fechas 07/02/12, realizados por los servicios técnicos municipales, el promotor, Sr. Jose Antonio Garcia De Haro, domiciliado en C/ Joan Mascaro y Fornes, 80-A bajos, con DNI, Num. 42.993.346-K, ha realizado las obras consistentes en ampliación de una caseta de unos 80 m2 en polígono 2-B, parcela 601, sin la correspondiente licencia municipal.
SEGUNDO.- De acuerdo con los informes de los servicios técnicos y jurídicos municipales, anteriormente mencionados y el articulo 28 de la Ley Autonómica 10/1990, de Disciplina Urbanística, se trata de una supuesta infracción urbanística GRAVE, a la cual le podría corresponder una sanción de multa del 50 % del valor de las obras, ejecutadas, o sea, de 16.814,20.-€, en base a la siguiente normativa: artículos 28, 30 i 45 de la Ley 10/90 de Disciplina Urbanística; todo ello sin el perjuicio del resultado de la instrucción.
TERCERO.- Mediante Decreto de la Alcaldía de fecha 18/11/10, se le ordenó la paralización de las mencionadas obras.
2º.- De conformidad con lo que dispone el artículo 8.1.e) del Decreto Autonómico 14/1994, de 10 de febrero, se indica que, el órgano municipal competente para la resolución del procedimiento es el Sr. Alcalde en base a lo que dispone el articulo 39 de la Ley Autonómica 10/90, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística; así mismo se expresa la posibilidad de que el presunto responsable en este caso Jose Antonio Garcia De Haro, pueda reconocer voluntariamente su responsabilidad y, si es el caso, efectuar el pago de la sanción pecuniaria que corresponda con los efectos establecidos en los Art. 10 i 11 de esta normativa.
3º.- De conformidad con lo que dispone el art. 8.1.f) del Decreto Autonómico 14/1994, de 10 de febrero, se designan instructor y secretaria del expediente a D. Sebastià Frau Serra y a Dª. Consuelo Huertas Calatayud, respectivamente, a los cuales se les notificará en legal forma la designación, y ambos podrán ser recusados en los términos previstos en los art. 29 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común; así mismo el acuerdo de iniciación se notificará a los inculpados.
4º.- Indicar al Sr. Jose Antonio Garcia De Haro, el derecho que tiene a conocer, en cualquier momento el procedimiento, el estado de tramitación y a acceder a obtener copias de los documentos integrados dentro del procedimiento y a formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y a aportar los documentos que crea pertinentes.
5º.- De conformidad con lo que dispone el articulo 8.3 con relación a el articulo 8.1.h) del mencionado D 14/1994, de 10 de febrero, el interesado en este caso el Sr. Jose Antonio Garcia De Haro, dispondrán de un plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al que reciba la notificación de este acuerdo de iniciación, para formular alegaciones, y proponer la prueba, concretando los medios que quieran hacer valer.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde D. Tomeu Oliver Palou.- Doy fe.-
Así mismo de conformidad con lo que dispone el artículo 8.4 del D. 14/1994 de 10 de febrero, se advierte al Sr. Jose Antonio Garcia De Haro, que si no efectúan alegaciones sobre el contenido del acuerdo de iniciación, anteriormente transcrito, en el término establecido, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso respecto de la responsabilidad imputada.
Es el que le comunico para su conocimiento y cumplimiento del mismo.
Marratxí 05 de febrero de 2013
La Secretaria.”
Marratxí, 03 de abril de 2013
EL ALCALDE
Tomeu Oliver Palou.