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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL

Núm. 6942
Notificación infructuosa de la Resolución del aplazamiento y fraccionamiento de pago de la ayuda indebidamente percibida perteneciente al programa PREPARA

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Texto

VISTO el escrito formulado por D. JACINTO LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ, con NIF nº 43104344K, con domicilio en Palma (ILLES BALEARS), Pasaje Particular de Escorca, nº1, 3º 2ª, por el que solicita se le conceda el aplazamiento y fraccionamiento de pago de la ayuda indebidamente percibida, perteneciente al programa PREPARA (exp. nº 120760099), cuyo importe en concepto de principal e intereses, asciende a la cantidad total de 1.135,16 euros.

HECHOS que se desprenden de la documentación obrante en el expediente:

1.-La Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Illes Balears dictó Resolución en fecha 15 de noviembre de 2012, en virtud de la competencia que expresamente le confiere el artículo undécimo de la Resolución de 15 de febrero de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal (B.O.E. 16-02-2011) y el artículo duodécimo de la Resolución de 30 de agosto de 2011, del Servicio Público de Empleo Estatal (B.O.E. 31-08-2011) y de la Resolución de 15 de febrero de 2012, del Servicio Público de Empleo Estatal (B.O.E. 17-12-2012), por la que se exigía la devolución de 1.091,64 euros, en concepto de ayuda indebidamente percibida, mas los correspondientes intereses de demora devengados que ascienden a la cantidad de 43,52 euros, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto-ley 1/2011, de 11 de febrero (B.O.E. 12-02-2011), en el Real Decreto-ley 10/2011, de 26 de agosto (B.O.E, 30-08-2011), en la Disposición Adicional Decimotercera del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (B.O.E. 31-12-2011) y Corrección de Errores del Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre (B.O.E, 10-01-2012) y en el artículo 37.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (B.O.E, 18-11-2003), en relación con el artículo 19.3 del mismo texto legal.

2.-Dicha Resolución fue notificada a D. JACINTO LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ, siendo recibida por éste  el 4 de diciembre de 2012.

3.- D. JACINTO LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ, con fecha 05-12-2012, presentó escrito solicitando el aplazamiento y fraccionamiento de pago,en cuotas mensuales, de la totalidad de la deuda.

4.- Se han emitido y constan en el expediente los informes reglamentarios.

FUNDAMENTOS DE DERECHO que son de aplicación a los hechos reseñados:

I

El artículo 13 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria establece la posibilidad de aplazar y/o fraccionar las cantidades adeudadas a la Hacienda Pública estatal, de la que forma parte, por disposición expresa del artículo 5 de la citada Ley, este Organismo autónomo.

Igualmente, el Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio (Boletín Oficial del Estado de 2-09-2005), regula los aplazamientos y fraccionamientos de las citadas deudas.

II

La Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal es competente para conocer y resolver la presente solicitud de aplazamiento y fraccionamiento, de conformidad con lo establecido en el artículo 74.2 de la Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria; en los artículos 42 y 50 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, y en el artículo 8 de la Resolución de 12 de abril de 2004 (Boletín Oficial del Estado 13-05-2004) de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal “sobre el procedimiento de reintegro de subvenciones concedidas por el Organismo y las actuaciones administrativas derivadas de la recaudación en período voluntario de los ingresos de derecho público de naturaleza no tributaria derivados de los reintegros”, en relación con los artículos 13 de la precitada Ley General Presupuestaria de 26 de noviembre de 2003; 3, 6 y 45.3 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por el Real Decreto 939/2005, de 29 de julio.

 

III

Los artículos 13.1 de la Ley General Presupuestaria y el artículo 8.1.e) de la citada Resolución de la Dirección General del Servicio Público de Empleo Estatal, disponen que no se exigirá garantía cuando el importe de las deudas cuyo aplazamiento se solicita sea inferior a la cifra que, por Orden ministerial, fije el Ministro de Economía y Hacienda. La Orden del Ministerio de Economía y Hacienda EHA/1030/2009, de 23 de abril (Boletín Oficial del Estado de 30 de abril de 2009), exime de la presentación de garantías para el aplazamiento y fraccionamiento de pago de deudas, por importe inferior a 18.000 euros.

IV

En virtud del informe de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Illes Balears y de los preceptos legales de general aplicación, esta DIRECCIÓN GENERAL en uso de las facultades que le están conferidas,

ACUERDA conceder a D. JACINTO LUIS EDUARDO FERNÁNDEZ, el aplazamiento y fraccionamiento de la deuda, la cual asciende a 1.135,16 euros, incrementada en 53,00 euros, por intereses de demora desde la fecha de la solicitud de dicho aplazamiento y fraccionamiento, hasta las fechas de vencimiento fijadas en la presente Resolución, en las condiciones siguientes:

VTO.

FECHA VTO.

PRINCIPAL

I.DEMORA

TOTAL

1

20/02/13

47,30

0,40

47,70,

2

20/03/13

47,30

0,55

47,85

3

20/04/13

47,30

0,71

48,01

4

20/05/13

47,30

0,87

48,17

5

20/06/13

47,30

1,02

48,32

6

20/07/13

47,30

1,18

48,48

7

20/08/13

47,30

1,35

48,65

8

20/09/13

47,30

1,50

48,80

9

20/10/13

47,30

1,66

48,96

10

20/11/13

47,30

1,82

49,12

11

20/12/13

47,30

1,97

49,27

12

20/01/14

47,30

2,13

49,43

13

20/02/14

47,30

2,29

49,59

14

20/03/14

47,30

2,44

49,74

15

20/04/14

47,30

2,60

49,90

16

20/05/14

47,30

2,76

50,06

17

20/06/14

47,30

2,91

50,21

18

20/07/14

47,30

3,07

50,37

19

20/08/14

47,30

3,24

50,54

20

20/09/14

47,30

3,39

50,69

21

20/10/14

47,30

3,55

50,85

22

20/11/14

47,30

3,71

51,01

23

20/12/14

47,30

3,86

51,16

24

20/01/15

47,26

4,02

51,28

 

TOTALES

 

 

 

NOTIFIQUESE esta Resolución al interesado en la forma establecida en los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, advirtiéndole que, contra la presente Resolución, podrá interponerse Recurso de Alzada, ante la Sra. Ministra de Empleo y Seguridad Social, en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación, en relación con el artículo 114 de la precitada Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

 

Madrid, 31 de enero de 2013

LA DIRECTORA GENERAL

Reyes Zatarain del Valle