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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

DIRECCIÓN INSULAR DE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO EN MENORCA

Núm. 6901
Denegaciones comision asistencia juridica gratuita

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Vistas las solicitudes de asistencia jurídica gratuita presentadas por las personas que a continuación se relacionan:

 la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de Menorca, HA RESUELTO:

Confirmar la decisión provisional adoptada por el Colegio de Abogados de Baleares y en consecuencia, DENEGAR el derecho a la asistencia jurídica gratuita, por no haber quedado acreditado que sus recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos, no superan los establecidos en el artículo 3.1 de la Ley 1/1996, de 10 de enero (BOE 12-1-96).

La presente resolución podrá ser impugnada, mediante escrito motivado, sin que sea preceptiva la intervención de Letrado, en el plazo de 5 días desde la notificación, ante el Secretario de la Comisión.

Lo que se publica a los efectos previstos en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (BOE del 27)

 

Maó, a  10 de abril de 2013.

 

El Presidente

Eduardo Norro Ruiperez

La Secretaria

Amparo Conejero Olías

 

Expte

Nombre y Apellidos

1257/12

Victor Hugo Florez Castaño

1260/12

Pedro Luis Riera Victory

1278/12

Enrique Juan Ramos Pons

1394/12

Angel Valenzuela Cobo

1484/12

Manuel Sabin Gonzalez