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AYUNTAMIENTO DE MURO
Núm. 6882
Notificación Decreto de Alcaldía
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De conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con la nueva redacción dada por la Ley 24/2001, de 27 de diciembre, y dado que ha sido imposible notificar a la Sra. Esperanza Crespí Ramón se procede mediante esta publicación a la formal notificación, que resulta del siguiente tenor literal:
“NOTIFICACIÓN
(Exp. 21/2011)
Por la presente le notifico que en fecha 14 de febrero de 2013 se ha dictado el siguiente Decreto de Alcaldía:
"En fecha 11 de noviembre de 2011 el celador de la Corporación levantó acta de inspección de obras por la existencia de una presunta infracción urbanística en la parcela 286 del polígono 2, del término municipal de Muro, consistente en colocación de una capa de hormigón de unos 5 cm. de grosor y tejas prefabricadas de hormigón sobre el tejado del almacén existente de unos 60 m² y construcción de dos chimeneas para la extracción de humos en el mismo almacén existente, realizada sin licencia municipal de obras. En dicha acta se constata que los propietarios de la parcela son D. Jaime Vives Bergas, con DNI 78207185-D, y Dª. Esperanza Crespí Ramón, con DNI 78211775-E.
Dado que las obras expuestas están sujetas a licencia municipal previa, de acuerdo con lo que dispone el artículo 2 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística, y la norma 1.2.02 del Plan General de Ordenación Urbana de Muro (BOIB núm. 91, de 28 de junio de 2003).
Dado que en el acta de inspección se constata que las obras están terminadas.
Considerando el Informe del asesor jurídico del Área de Urbanismo del Ayuntamiento de Muro de 13 de febrero de 2013.
Por todo ello, se adopta la siguiente
RESOLUCIÓN
1. Requerir a D. Jaime Vives Bergas, con DNI 78207185-D, y Dª. Esperanza Crespí Ramón, con DNI 78211775-E, en calidad de propietarios/promotores, para que en el plazo de DOS MESES, a contar a partir del día siguiente de la fecha de notificación del Decreto de Alcaldía, soliciten al Ayuntamiento de Muro la oportuna licencia municipal de los actos de colocación de una capa de hormigón de unos 5 cm. de grosor y tejas prefabricadas de hormigón sobre el tejado del almacén existente de unos 60 m², y la construcción de dos chimeneas para la extracción de humos en el mismo almacén existente. Si una vez transcurrido el plazo de dos meses, el/los interesado/s no hubieran solicitado la licencia o ésta se hubiera denegado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.2 de la Ley 10/1990, el instructor formulará propuesta de demolición o de reconstrucción de las obras a su cargo y propondrá aquello que corresponda para impedir definitivamente los usos a que se hubieran destinado.
2. Decretar la incoación de expediente sancionador como continuación del primero a D. Jaime Vives Bergas, con DNI 78207185-D, y Dª. Esperanza Crespí Ramón, con DNI 78211775-E, de conformidad con el artículo 72 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de Disciplina Urbanística y el artículo 8 del Decreto 14/1994, por estimar haber cometido la infracción urbanística siguiente: "colocación de una capa de hormigón de unos 5 cm. de grosor y tejas prefabricadas de hormigón sobre el tejado del almacén existente de unos 60 m² y construcción de dos chimeneas para la extracción de humos en el mismo almacén existente".
3. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 39 de la Ley 10/1990, el órgano competente para la resolución del procedimiento es el Sr. Alcalde.
4. Designar como instructor del expediente de legalidad urbanística al Sr. Joan Llompart Forteza y como secretario al Sr. Xavier Morlà Cuesta, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.1 de la Ley 10/1990, sin perjuicio de que cada uno de ellos pueda ser recusado si los afectados entienden que cualquiera de ellos incurre en alguna o algunas de las causas previstas en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Esta recusación se deberá presentar por escrito y se podrá interponer en cualquier momento de la tramitación del expediente.
5. Indicar el derecho que tienen los presuntos responsables a conocer en cualquier momento el estado de tramitación del procedimiento, a acceder y obtener copias de los documentos integrados en el procedimiento, ya formular con anterioridad al trámite de audiencia, alegaciones y aportar los documentos que estimen pertinentes.
6. Notificar la presente resolución a los interesados, contra la misma se puede ejercitar cualquier recurso que se estime oportuno de conformidad con lo establecido en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero."
Muro, 18 de febrero de 2013. El Secretario, Fdo. Francisco Sabater Mulet”.
Muro, a 26 de Marzo de 2013.
El Alcalde,
Martí Fornés Carbonell