Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 6759
Constitución de una bolsa de trabajo de tècnico/a de Medio Ambiente del Ajuntament de Son Servera
José Barrientos Ruiz, alcalde presidente del Ajuntament de Son Servera (Illes Balears), ha resuelto mediante el decreto de Alcaldía nº 532/2013, de dia 11 de abril, lo siguiente:
Vista la Resolución de Alcaldía 97/2013, de 14 de enero, por la que se convoca un concurso para formar parte de una bolsa de trabajo de TÉCNICO / A DE MEDIO AMBIENTE del AJuntament de Son Servera (Illes Balears), por la cobertura de la baja por maternidad de la técnica de Medio Ambiente, funcionaria de carrera, que ocupa la plaza reseñada, publicada en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) núm. 9, de 19 de enero de 2013.
Considerando la propuesta del tribunal calificador realizada en el acta del proceso selectivo de día 4 de abril de 2013.
Dado que, en plazo, no se ha presentado ningún tipo de solicitud de revisión en cuanto al caso práctico y a la valoración de los méritos de los aspirantes.
Asimismo, dada la base Octava, párrafo segundo, de las bases reseñadas, que establece que, para poder formar parte de la bolsa de trabajo, las personas aspirantes deberán obtener una puntuación final mínima de 5 puntos (resultante de la suma de la fase de valoración méritos y de la fase del caso práctico).
De acuerdo con la legislación vigente en materia de personal, y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y el artículo 41.14 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y funcionamiento de régimen jurídico de las Entidades locales
RESUELVO :
Primero. - Constituir la bolsa de trabajo de TÉCNICO / A DE MEDIO AMBIENTE del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares), para la cobertura de la baja por maternidad de la técnica de Medio Ambiente, funcionaria de carrera, que ocupa la plaza reseñada, la cual tendrá una vigencia de tres años de acuerdo con las bases de la convocatoria, y queda como sigue a continuación:
Núm. |
DNI |
TOTAL PUNTUACIÓN |
---|---|---|
1 |
33333147 Y |
19,13 |
2 |
43047141 L |
19,12 |
3 |
73773481 S |
19 |
4 |
43080101 C |
18,75 |
5 |
43051226 X |
12,33 |
6 |
41518083 R |
11,931 |
7 |
43127289 N |
11,67 |
8 |
41518554 N |
10,6875 |
9 |
37340517 V |
9,69 |
10 |
43101446 K |
9,45 |
11 |
33872556 L |
9,18 |
12 |
04203780 R |
9,058 |
13 |
43099706 Y |
8,624 |
14 |
78213621 M |
8,588 |
15 |
41517433 H |
7,61 |
16 |
43123561 X |
7,02 |
17 |
41519879 A |
6,86 |
18 |
43142064 K |
6,726 |
19 |
18225539 V |
6,72 |
20 |
37335285 Y |
6,048 |
21 |
43122896 N |
5,735 |
22 |
43130441 J |
5,278 |
23 |
43125709 L |
5 |
Segundo. - Excluir, de acuerdo a la base Octava, párrafo segundo, de las bases reseñadas, excluir de la bolsa de trabajo, las personas aspirantes que no han alcanzado una puntuación final mínima de 5 puntos, las cuales son las siguientes:
DNI |
TOTAL PUNTUACIÓN |
---|---|
47768404 A |
4,911 |
41524393 D |
4,48 |
37340925 B |
4,38 |
41519442 A |
4,3 |
43103411 P |
4,14 |
41519490 M |
3,7475 |
44327783 K |
3,63 |
43105243 T |
3,41 |
41537056 E |
3,3 |
37342777 T |
3,3 |
43156541 P |
3,175 |
41519429 J |
3,15 |
44766751 B |
2,97 |
41519801 V |
2,66 |
48443913 W |
2,575 |
40936832 Y |
2,2 |
41537811 H |
2,08 |
43200678 P |
1,9 |
41518500 G |
1,877 |
43087814 M |
1,855 |
42972936 N |
1,811 |
41537426 R |
1,48 |
43150792 D |
1,48 |
43145299 J |
1,48 |
43189776 P |
1,48 |
43165334 S |
1,4 |
38136309 D |
1,272 |
43161167 B |
1,224 |
43162541 M |
1,1355 |
41515596 K |
1,1 |
43162123 R |
1,0775 |
43163270 K |
1 |
43175184 K |
1 |
41524325 X |
1 |
37335279 T |
1 |
73577396 M |
1 |
05431201 G |
0,78 |
41516116 N |
0,1 |
37342332 S |
0,0675 |
43162728 P |
0 |
Tercero. - Publicar la presente, mediante edicto, en el Butlletí Oficial de les Illes Balears (BOIB) y, en el tablón municipal de anuncios y en la página web municipal, con el objeto de dar conocimiento público.
Contra esta Resolución que agota la vía administrativa, se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:
(a) Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente acuerdo.
(b) El recurso de reposición potestativo ante esta Alcaldía que ha dictado la presente resolución en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución. Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses, contados a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Son Servera, 11 de abril de 2013
El alcalde presidente
José Barrientos Ruiz