Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE MURO
Núm. 6695
Aprobación definitiva modificación ordenanza tasa de puestos, barracas,....
ELEVACIÓN AUTOMÁTICA EN DEFINITIVOS DEL ACUERDO PROVISIONAL DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR LA INSTALACIÓN DE PUESTOS, BARRACAS, CASETAS DE VENTA, ESPECTÁCULOS O ATRACCIONES E INDUSTRIAS CALLEJERAS Y AMBULANTES Y RODAJE CINEMATOGRÁFICO
El BOIB núm. 29, de día 28 de febrero de 2013, publicó el correspondiente edicto de exposición al público del acuerdo de aprobación inicial del Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria de día 25 de febrero de 2013, de la modificación de la la ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la instalación de puestos, barracas, casetas de venta, espectáculos o atracciones e industrias callejeras y ambulantes y rodaje cinematográfico.
Habiendo finalizado el plazo para la presentación de reclamaciones contra el acuerdo adoptado por el Ayuntamiento Pleno, sin que se haya formulado reclamación alguna, de conformidad con lo establecido en el artículo 17.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, queda definitivamente aprobado. Lo que se hace público a los efectos prevenidos en el artículo 17.4 del citado Real Decreto Legislativo, con la publicación del texto íntegro de los acuerdos de aprobación:
Artículo 4: Cuota tributaria
1. La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza será la fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente.
2. Las tarifas de la tasa serán las siguientes:
CONCEPTO |
EUROS |
TARIFA PRIMERA. MERCADOS |
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A) DE LA PLAYA DE MURO |
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a.1. Mercado semanal en la Avenida de la Albufera |
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a.1.1. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de frutas, verduras y hortalizas. Por m2 al año |
55,00 |
a.1.2. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de otros productos y artículos. Por m2 al año |
65,00 |
a.2. Mercado diario en la Av.. del Mar. Por m2 al año |
100,00 |
B) DEL DOMINGO |
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b.1. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de frutas, verduras y hortalizas. Por m2 al año |
22,20 |
b.2. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de otros productos y artículos. Por m2 al año |
22,20 |
C) DE LAS CASETES DE CAPELLANS |
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c.1. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de frutas, verduras y hortalizas. Por m2 al año |
5,00 |
c.2. Licencias para ocupaciones de terrenos con puestos de otros productos y artículos. Por m2 al año |
5,00 |
TARIFA SEGUNDA. FERIAS Y FIESTAS |
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1. Puestos, barracas, casetas de venta y tómbolas. Por m. lineal y por feria y / o fiesta. * |
5.00 |
2. Atracciones, coches choque y caballitos. Por m2 día festivo y víspera de fiesta y / o feria * |
2,00 |
3. Atracciones, coches choque y caballitos. Por m2 días Feners * |
0,30 |
4. Venta de objetos llevados a mano. Por día. |
10,00 |
TARIFA TERCERA. INDUSTRIAS CALLEJERAS y AMBULANTES |
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Al día |
1,62 |
Al año |
27,46 |
TARIFA CUARTA. RODAJE CINEMATOGRÁFICO |
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Por ocupación de la vía pública o terrenos de uso público para el rodaje de películas y sesiones fotográficas. Al día |
200,00 |
* Mínimo € 5,60
Muro, 10 de abril de 2013
El alcalde
Martí Fornés Carbonell