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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CALVIÀ

Núm. 6671
Procedimiento sancionador corte de agua por impago de recibos, periodo jul-ago/12 (1) Aguas Paguera SL

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Texto

Por resoluciones de esta Alcaldía de fecha 14 de enero de 2013, se acordó incoar procedimiento sancionador contra los abonados del servicio municipal de abastecimiento domiciliario de agua potable que a continuación se relacionan:

Período jul-ago 2012 (1) Aguas Peguera SL

PSUM

NOMBRE

EUROS

450

Bar Gaviotas

150,65

525

Iniciativas Malgrats SL

492,44

561

Stilles Paradies Hotel

204,99

680

Yassine Ahnin

29,04

953

Viajes Intersol y Turismo

80,96

1760

Magdalena Reyes Malla

15,27

1950

Carlos Molins Tuneu

114,56

1954

Juan B.Rodríguez Ruiz

72,96

2940

Kelly Ann Tomlin

21,84

3123

Alfonso Trajan de la Riva

97,68

3310

Jose Luis Valle Pizarroso

140,15

3530

Jose Planas Montanya

84,5

4330

Carmica Restauracion SL

415,23

4376

Andreas Shering

117,36

6517

Desarr.proy.Inmb.Peguera

666,85

6519

Desarr.proy.Inmb.Peguera

116,64

6680

Ludwig Jung (Bar Formel I)

130,52

7280

Pablo Barcelo Ruiz

152,53

8810

Antonio Garcia Ferrer

377,64

9030

Cdad.Prop. Edf. Ponent

1653,59

 (*) Más los intereses correspondientes

El hecho que motiva la incoación responde a la falta de pago de las cuotas correspondientes al servicio de suministro domiciliario de agua potable al domicilio, importe y periodo relacionados anteriormente, lo cual puede ser calificado como infracción de la obligación que impone a  los abonados el artículo 40º de la Ordenanza municipal reguladora del servicio, infracción que puede ser sancionada con suspensión del suministro o con la rescisión del contrato, conforme establece el artículo 48º de la misma Ordenanza.

En la misma resolución se nombra Instructor del procedimiento al funcionario municipal Dña. M. Pilar Salguero Mesa, y se notifica que su resolución corresponde a la Alcaldía. Al mismo tiempo, se otorga a los imputados la posibilidad de satisfacer el importe de los recibos en la recaudación municipal, dentro del plazo de diez días hábiles a contar desde la notificación, en cuyo caso quedará sobreseído el procedimiento.

Intentada la notificación personal a los interesados y no habiendo resultado ésta posible por alguna de las causas a que se refiere el punto 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y que constan en los correspondientes expedientes, se publica la anterior resolución en el tablón de edictos del último domicilio conocido y en el BOIB, a los efectos de continuar los procedimientos.

 

Calvià,  21 de marzo de 2013

 

El Teniente de Alcalde de Servicios Urbanos

(Decreto Alcaldía  14/06/2011)

Daniel Perpiñà Torres.