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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6565
Juicio de Faltas 0000029/2013

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Texto

D/Dª.  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Secretario de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO DE FALTAS nº 0000029 /2013 ha recaído Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“En Palma, a veinte de marzo de dos mil trece

Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ,  Magistrado-Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de Palma y su partido, los presentes autos del Juicio de Faltas nº 29/2013 incoados por la comisión de una presunta falta de HURTO, siendo denunciante, AMALIA DEL PILAR ESPIGARES HURTADO, y denunciada, MARÍA DEL CARMEN PORRAS GUTIERREZ, habiendo intervenido como acusación el Ministerio Fiscal, y en su representación Dña. Dolores Rodríguez, procedo a dictar la presente resolución.

FALLO: Que debo CONDENAR y CONDENO a MARÍA DEL CARMEN PORRAS GUTIERREZ, como autora responsable de una falta de hurto a la pena de 30 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros (180 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes; y al abono de las costas causadas.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma, cabe interponer Recurso de Apelación en el plazo de los 5 días siguientes al en que se notifique esta resolución y que se formalizará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.”

Y para que así conste, sirva de notificación a MARÍA CARMEN PORRAS GUTIÉRREZ, y su publicación en el B.O.I.B., expido y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a veintidós de Marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL