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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 6620
Protección DPV 2012/125 Notificación informe técnico

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Dado que no se ha podido notificar el informe técnico del Ayuntamiento de Palma de fecha 15 de diciembre de 2012, a MONSERRAT OLIVER CAMPS., con DNI. 37822145, y para poder seguir adelante la tramitación del expediente DPV 2012/125 del Negociado de Protección de la Edificación y en relación al inmueble ubicado en la C / BATISTA, NÚM. 8, de conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de Régimen Jurídico de le administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el 194, del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de le corporaciones locales, a través del presente edicto se le notifica lo siguiente:

Le comunico que:

En relación a la queja efectuada a la policía local por parte de los vecinos de las calles Barranco y el AA. VV de Génova referente a la obra de la calle Barranco, 6, os traslado el informe técnico de fecha 12/15/2012, con registro interno doc. n. 252.528 de 29.11.2012 del expediente DPV 2012/125, que transcrito dice:

Realizada visita de inspección el pasado ocho de noviembre, se ha observado que:

- Se trata de una parcela urbana con cierre de fábrica de bloque de hormigón con una altura media de 1,7 metros.

 

 CONCLUSIÓN.

Visto la situación y estado de la pared así, y que no se observan indicios de patologías que indiquen una inestabilidad evidente e inminente, el técnico que suscribe es del parecer que en ausencia de peligro de carácter público, no es necesario realizar actuaciones.

Observadas las patologías descritas, dada su naturaleza y situación y salvo otras patologías o vicios ocultos, no observables a simple vista y por lo tanto no detectados en esta visita de inspección ocular, es opinión del técnico que suscribe que es adecuado el el archivo de las presentes actuaciones.

Si bien aparentemente no hay un riesgo de inestabilidad estructural la valla de la parcela objeto de las presentes actuaciones está en mal estado, y no se ajusta al cierre de parcelas libres de edificación previsto en la normativa del PGOU.

Significando a la propiedad el deber intrínseco de conservación de las edificaciones en forma ajustándose a unos parámetros de salubridad y seguridad pública de acuerdo con lo prescrito en el artículo 10 de la LDU CAIB.

 

Observaciones

- Se comunicará a la propiedad de la parcela el deber que tiene de conservar y realizar el cierre de la misma ajustándose a los parámetros de la normativa.

Artículo 438. Cerrado de parcelas y solares sin edificar tanto los solares como las parcelas de suelo urbano sin edificar deberán mantenerse limpios y en estado decoroso. Se deberán cerrar mediante valla de materiales de albañilería con cierre adecuado en el portal de acceso. La altura de la valla en todo el contorno del solar o parcela no será inferior a uno coma ochenta (1'80) metros.

- Dado que en la parcela se almacenan escombros y otros utensilios o residuos provenientes de demolición, es adecuado que se comunique tal extremo al negociado de Sanidad los efectos que procedan "

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC Avenidas-Edificio Avenidas. Av. Gabriel Alomar, 18; OAC Cort-Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Pere Garau-C Pere Llobera, 9; OAC San Fernando-Av. San Fernando, 42; OAC San Agustín-C Margaluz, 30; OAC s'Arenal-Av. América, 11; OAC s'Escorxador-C Emperatriz 6; OAC Son Ferriol-Av. Cid, 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 08.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 08.30 a 17.00 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 09.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).

 

Palma, 2 de abril de 2013.

 

La jefa de departamento de disciplina y seguridad de los edificios

Por delegaciones (Decreto de Alcaldía núm. 10434 de 06/08/2012, BOIB núm. 85 de 06/14/2012) 

Elvira Salvá Armengod.