Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA
Núm. 6300
Divorcio Contencioso 0000586/2011 Sobre Otras Materias
D./Dª. MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento seguido a instancia de MARGARITA ANTONIA RIBAS BONED frente a MIGUEL ANGEL FERNANDEZ VILLALOBOS se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y fallos son del tenor literal siguiente:
ENCABEZAMIENTO:
SENTENCIA Nº 1134/12
En Ibiza, a dieciocho de junio de dos mil doce.
Vistos por mí, D.ª Montserrat Molina Pla, Juez del Juzgado de Primera Instancia número dos de Ibiza, los presentes autos de JUICIO VERBAL DE DIVORCIO, seguidos en este Juzgado bajo el número 586/11, a instancias de D.ª Margarita Antonia Ribas Boned representada por el Procurador D. José Luis Marí Abellán y asistida de la Letrada D.ª María Ribas Roig contra D. Miguel Ángel Fernández Villalobos, declarado en rebeldía.
FALLO
Que estimando la demanda planteada por la representación procesal de D.ª Margarita Antonia Ribas Boned contra D. Miguel Ángel Fernández Villalobos, debo declarar y declaro disuelto, por causa de divorcio, el matrimonio contraído por los referidos cónyuges, con todos los efectos legales, y la atribución del uso y disfrute del que fuera el domicilio conyugal a la parte actora.
Todo ello sin hacer una especial condena en las costas de este procedimiento.
Firme que sea ésta resolución, remítase testimonio de la misma al Registro civil donde figure inscrito el matrimonio, para su anotación marginal.
Así por esta mi sentencia, que de conformidad con lo dispuesto en los artículos 265 y 266 de la Ley Orgánica del Poder Judicial se anotará en el Libro correspondiente, llevándose testimonio de la misma a los autos originales, y que se notificará a las partes, haciéndoles saber que contra esta sentencia podrán interponer en este Juzgado RECURSO DE APELACION, dentro de los veinte días siguientes a su notificación. Lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACION.- Leída y publicada la anterior sentencia en legal forma, y en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y encontrándose dicho demandado, MIGUEL ANGEL FERNANDEZ VILLALOBOS, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
IBIZA/EIVISSA a dieciséis de Noviembre de dos mil doce.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,