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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE SANT JOSEP DE SA TALAIA

Núm. 6464
Aprobación inicial de la segunda modificación puntual de las NNSS de planeamiento

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

El Pleno del Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 26 de marzo de 2013, adoptó entre otros el siguiente ACUERDO:

“8º.- APROBACIÓN INICIAL DE LA SEGUNDA MODIFICACIÓN PUNTUAL DE LAS NNSS DE PLANEAMIENTO.

... es decir por mayoría absoluta del número legal de miembros de la Corporación se adoptan los siguientes ACUERDOS:

1.- Aprobar inicialmente la segunda modificación puntual de las Normas Subsidiarias de planeamiento del municipio de Sant Josep de sa Talaia, de acuerdo con el artículo 7 bis de la Ley 4/2008, de 14 de mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears (BOIB núm. 68, de 17 de mayo de 2008) introducido por el Decreto Ley 5/2009, de 27 de noviembre, de medidas relativas al servicio regular de viajeros por carretera de las Illes Balears y de determinadas disposiciones en materia urbanística (BOIB núm. 174, de 28 de noviembre de 2009), relativa a las normas urbanísticas tal y como se indica en la memoria y, que afecta a los siguientes:

  • Capítulo I, norma 1.3.11 parcela mínima.
  • Capítulo II, norma 2.6 jerarquización viaria, apartado 9.
  • Capítulo III, norma 3.4 condiciones generales de uso, apartados 3.4.3 (comercio, almacenes, oficinas)
  • Capítulo IV, norma 4.5 ordenanzas, industria i almacenes (IJ i IA), apartado 4 (condiciones de uso)

2.- Queda suspendido, por el plazo de dos años prorrogable un año más si se ha repetido el trámite de información pública, el otorgamiento de licencias en el ámbito de lo que se altera y, con la aprobación provisional, de forma automática otro año más, hasta un máximo de cuatro años. Esto sin perjuicio de que puedan concederse las licencias basadas en el régimen urbanístico vigente siempre que respeten también las determinaciones del nuevo planeamiento.

3.- Someter el expediente a información pública durante el plazo de un mes a contar desde la publicación de este acuerdo en el BOIB.

4.- Remitir a la Comisión Balear de Medio Ambiente, que previamente a la aprobación provisional, informe la documentación que determina la no sujeción a impacto ambiental de la modificación que se tramita”

Lo que se publica para general conocimiento.

 

Sant Josep de sa Talaia, 27 de marzo de 2013.

LA ALCALDESA
M. Nieves Marí Marí