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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE SALUD, FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL

Núm. 6423
Notificación de requerimiento para subsanar la falta de acreditación de la representación para interponer un recurso de alzada en el expediente sancionador por infracciones administrativas en materia sanitaria

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento admi­nistrativo común, y por haberse ignorado el domicilio o no haberse podi­do localizar al destinatario, se notifica por este Edicto, que se ha requerido al Sr. (datos personales ocultos)para que subsane la falta de acreditación de la representación para actuar en nombre de la entidad expedientada, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 30/1992, advirtiéndole que si así no lo hace, se le tendrá, previa resolución, por desistido de la interposición del recurso de alzada.

Asimismo, se comunica que dispone de un plazo de diez días hábiles para aportar la falta de acreditación, que debe ser enviada al Servicio Jurídico de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social (Pl. de España, nº 9, 07002 Palma)

Exp. Nº.                                  Expedientada                                                    

SA 025/2011                           INTURCO SAN DIEGO SL

 

 

Palma, 5 de abril de 2013

 

La técnica

Ana Rodríguez Quetglas