Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 6381
Resolución del consejero de Administraciones Públicas por la cual se aprueba y autoriza la contratación, de forma directa del local 3 de la 3ª planta del edificio situado en la calle de Alfons el Magnànim, 29, de Palma (exp. AMBDE 2012/5954)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

   Hechos

1.  El 1 de junio de 2008 se firmó un contrato de arrendamiento del local 3 de la 3ª planta del edificio situado en la calle de Alfons el Magnànim, 29, de Palma, entre el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC) y los Srs. Bernardo Quetglas Riego y Rafael Caballero Montes, en nombre y representación de la entidad HOTELES ESPLAI, S.L., titular del local, por un termino de cinco años, a contar des de el 1 de junio de 2008.

La cláusula primera de este contrato establece que la arrendataria puede, en cualquier momento, dar por terminado el arrendamiento, siempre que lo haya notificado al arrendador con dos meses de antelación.

2.  El contrato de arrendamiento con el BISEC estará en vigor hasta el 31 de diciembre de 2012.

3.  El 12 de diciembre de 2012 tiene entrada en el registro de la Consejería de Administraciones Públicas, la solicitud de la tramitación del expediente de contratación directa del arrendamiento del local 3 de la 3ª planta del edificio situado en la calle de Alfons el Magnànim, 29, de Palma, firmada por el jefe del Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 7 de diciembre de 2012, por el período comprendido entre el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014. La documentación relativa a este expediente, es la siguiente:

-Memoria justificativa de la secretaria general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, justificativa de la necesidad y conveniencia de continuar con el arrendamiento.

-Informe sobre la adecuación a los precios de mercado, de la renta de 1.010,54 € mensuales (21% IVA incluido), fijado al contrato de arrendamiento del IBISEC.

-Informe de la Dirección General de Presupuestos y Financiación y autorización del vicepresidente Económico, de Promoción Empresarial y de Ocupación de imputación del gasto a ejercicios futuros de 3 de diciembre de 2012.

-El 19 de noviembre de 2012 el consejero de Educación, Cultura y Universidades emitió la orden de inicio del expediente de contratación del arrendamiento. A la orden se especifica que el contrato se instrumentará mediente un expediente de tramitación anticipada de gasto.

-Propuesta de resolución de autorización y disposición del gasto, firmada por la secretaria general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades el 19 de noviembre de 2012. El gasto total previsto es de 24.252,96 €, IVA incluido, a cargo de la partida presupuestaria 13101 421A01 20200 00.

-Certificado de retención del crédito.

4.  El 17 de diciembre de 2012 el consejero de Administraciones Públicas dictó la resolución mediente la cual autoriza iniciar el expediente del contrato de arrendamiento, del local mencionado.

5.  El informe favorable del técnico del servicio de Patrimonio de 17 de diciembre de 2012.

 Fundamentos de derecho

1.-El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril de 2001), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87.i de la misma ley, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y la aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.

2.-Artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ( BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).

3.-La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

4.-El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

5.-El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se nombra los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

6.-El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de les consejerías de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

7.-El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el cual se nombre la directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

Por todo esto, elevo a la consideración del consejero de Administraciones Públicas la siguiente:

Propuesta de Resolución

Propongo al consejero de Administraciones Públicas que dicte una Resolución en los terminos siguientes:

1.  Aprobar y autorizar la contratación —de manera directa— del arrendamiento del local 3 de la 3ª planta del edificio situado en la calle de Alfons el Magnànim, 29, de Palma, con la propietaria del local, la entidad HOTELES ESPLAI, S.L., con CIF B07655509, como parte arrendadora, y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como parte arrendataria, para destinar los a oficinas de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades. Las características registrales del local objecto de arrendamiento son las siguientes:

-Inmueble urbano de aproximadamente ciento dieciocho metros, doce decímetros cuadrados , situado en la calle de Pedagogo Juan Capó sn, portal A, planta 3, puerta 3, edificio “Orisba Dos”. Inscripción: Tomo 3673, libro 1123 de Palma III, folio 80, finca 65.902.

2.  Establecer que el contrato tendrá efectos des de el 1 de enero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014 y se podrá prorrogar tácitamente por períodos de dos años, si ninguna de las dos partes firmantes del contrato no hace un preaviso en sentido contrario con tres meses de antelación al término de este o de las prórrogas respectivas. El término del contrato se establece de manera obligatoria para la arrendadora y potestativa para la arrendataria.

3.  Disponer que la renta que se pacta es de 1.010,54 euros mensuales, con IVA incluido. La renta se ha de revisar anualmente y se determina y exige según los requisitos del artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.

4.  Poner los locales objecto de este arrendamiento a disposición de la Consejería Educación, Cultura y Universidades. Para hacerlo, se tienen que adoptar todas las medidas necesarias para administrar y mantener los inmuebles en condiciones de servir siempre a la finalidad a que se destinen.

5.  Establecer que el gasto total previsto para este arrendamiento es de 24.252,96 € (IVA incluido), tiene carácter plurianual y, respecto al año 2013, irá a cargo de la partida presupuestaria 13101 421A01 20200 00. Respecto a las anualidades siguientes, irán a la misma partida, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.

6.  Anotar las características de este arrendamiento en el Inventario General de Bienes y Derecho de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

7.  Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 

Palma, 19 de diciembre de 2012

La directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas,

Ana María García Serrano

 

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

Marratxí, 28 de diciembre de 2012

 El consejero de Administraciones Públicas

José Simón Gornés Hachero