Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS
Núm. 6380
Resolución del consejero de Administraciones Públicas por la cual se aprueba y autoriza la contratación, de forma directa del despacho B de la 1ª planta, del edificio situado en el pasaje de Guillem de Torrella, 1, de Palma (exp. AMBDE 202013/82)
Hechos
1. El 21 de febrero de 2005 se firmó un contrato de arrendamiento del despacho B de la 1ª planta, del edificio situado en el pasaje de Guillem de Torrella, 1, de Palma, entre el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC) y el Sr. Bernardo Alcover Cabrer, titular del inmueble, por un plazo de 36 meses, a contar des de el 1 de diciembre de 2004. La cláusula segunda de este contrato estipula que habiendo pasado este plazo inicial, el arrendamiento se prorrogará expresamente por períodos de un mes con un preaviso de un mes de antelación al vencimiento del contrato.
La arrendataria puede, en cualquier momento, dar por terminado el arrendamiento, sin perjuicio de avisar previamente de la terminación con un mes de antelación.
2. El contrato de arrendamiento con el BISEC estará en vigor hasta el 31 de enero de 2013.
3. El 24 de enero de 2013 tiene entrada en el registro de la Consejería de Administraciones Públicas, la solicitud de la tramitación del expediente de contratación directa del arrendamiento del despacho B de la 1ª planta, del edificio situado en el pasaje de Guillem de Torrella, 1, de Palma, firmada por el jefe del Servicio de Gestión Económica de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, de 23 de enero de 2013, por el período comprendido entre el 1 de febrero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014. La documentación relativa a este expediente, es la siguiente:
-Memoria justificativa de la secretaria general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades, justificativa de la necesidad y conveniencia de concertar el arrendamiento.
-Informe de adecuación de la renta al precio de mercado, emitido por el Instituto Balear de Infraestructuras y Servicios Educativos y Culturales (IBISEC). En virtud de este informe, se establece una renta mensual de 2.054,40 € (21% IVA incluido).
-Solicitud de informe a la Dirección General de Presupuestos y autorización del consejero de Economía, de Promoción Empresarial y de Ocupación de imputación del del gasto a ejercicios futuros de 22 de enero de 2013.
-El 22 de enero de 2013 el consejero de Educación, Cultura y Universidades emitió la orden de inicio del expediente de contratación del arrendamiento.
-Propuesta de resolución de autorización y disposición del gasto, firmada por la secretaria general de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades el 22 de enero de 2013. El gasto total previsto es de 47.251,20 €, IVA incluido, a cargo de la partida presupuestaria 13101 421A01 20200 00, motivo por el cual queda sujeto al trámite de fiscalización previa.
-Certificado de retención del crédito.
-Certificado de gastos plurianuales comprometidos.
4. El 24 de enero de 2013 el consejero de Administraciones Públicas dictó la resolución mediante la cual autoriza iniciar el expediente del contrato de arrendamiento, del local mencionado.
5. El informe favorable del técnico del servicio de Patrimonio de 25 de enero de 2013.
6. El Informe favorable de la Intervención General del 30 de enero de 2013.
Fundamentos de derecho
1.-El artículo 65 y siguientes de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 49, de 24 de abril de 2001), que regulan los arrendamientos de inmuebles a favor de la Comunidad Autónoma, y el artículo 87.i de la misma ley, que atribuye al consejero competente en materia de patrimonio la tramitación y la aprobación de los arrendamientos de bienes inmuebles.
2.-Artículos 131 a 138 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares ( BOIB núm. 192, de 24 de diciembre de 2005).
3.-La Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.
4.-El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).
5.-El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se nombra los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).
6.-El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de les consejerías de la administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).
7.-El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el cual se nombre la directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).
Por todo esto, elevo a la consideración del consejero de Administraciones Públicas la siguiente:
Propuesta de Resolución
Propongo al consejero de Administraciones Públicas que dicte una Resolución en los términos siguientes:
1. Aprobar y autorizar la contratación —de manera directa— del arrendamiento del despacho B de la 1ª planta, del edificio situado en el pasaje de Guillem de Torrella, 1, de Palma, con el propietario del local, el Sr. Bernardo Alcover Cabrer, como parte arrendadora, y la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, como parte arrendataria, para destinar los a oficinas de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades. Las características registrales y catastrales del local objeto de arrendamiento son las siguientes:
-URBANA: despacho (letra B) situado en el primer piso del edificio ubicado en el pasaje de Guillem de Torrella, 1, número 228 de orden correlativo, referencia catastral 0208607DD800G0287LM. Inscrito en el Registro de la Propiedad número 5 de Palma, libro 252, folio 108, Tomo 3425, finca 7862.
2. Establecer que el contrato tendrá efectos des de el 1 de febrero de 2013 hasta el 31 de diciembre de 2014 y se podrá prorrogar tácitamente por períodos de dos años, si ninguna de las dos partes firmantes del contrato no hace un preaviso en sentido contrario con tres meses de antelación al término de este o de las prórrogas respectivas. El término del contrato se establece de manera obligatoria para la arrendadora y potestativa para la arrendataria.
3. Disponer que la renta que se pacta es de 2.054,40 euros mensuales, con IVA incluido. La renta se ha de revisar anualmente y se determina y exige según los requisitos del artículo 18 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de arrendamientos urbanos.
4. Poner los locales objecto de este arrendamiento a disposición de la Consejería Educación, Cultura y Universidades. Para hacerlo, se tienen que adoptar todas las medidas necesarias para administrar y mantener los inmuebles en condiciones de servir siempre a la finalidad a que se destinen.
5. Establecer que el gasto total previsto para este arrendamiento es de 47.251,20 € (IVA incluido), por tanto, está sujeto a la fiscalización previa favorable por parte de la Intervención General; tiene carácter plurianual y, respecto al año 2013, irá a cargo de la partida presupuestaria 13101 421A01 20200 00. Respecto a las anualidades siguientes, irán a la misma partida, siempre que haya crédito adecuado y suficiente en los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma.
6. Anotar les característiques d’aquest arrendament en l’Inventari General de Béns i Drets de la Comunitat Autònoma de les Illes Balears.
7. Publicar la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.
Palma de Mallorca, 25 de enero de 2013
La directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas,
Ana María García Serrano
Conforme con la propuesta. Dicto Resolución
Marratxí, 31 de enero de 2013
El consejero de Administraciones Públicas
José Simón Gornés Hachero