Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA
Núm. 6105
Notificación resolución sancionadora de denuncias de tráfico 03.04.2013
1. NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA A LOS TITULARES
Una vez formulada la denuncia, con el número de expediente indicado, contra el conductor titular del vehículo, el Servicio de Multas ha iniciado el procedimiento sancionador correspondiente. El instructor del expediente es el sargento de la Policía local y el alcalde presidente es el órgano competente para resolverlo, según el artículo 71.4 de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Por el hecho de no conocer quien era el conductor, ya que no pudo ser detenido o notificado en el acto por las circunstancias justificadas que el denunciante hizo constar, se notifica dicha denuncia a los efectos siguientes:
1. En caso de conformidad con la denuncia, puede abonarla durante los 20 DÍAS NATURALES siguientes a la fecha de publicación de este anuncio y con el importe que consta en el apartado 'Cuantía con reducción'. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
2. Si no está conforme, en el plazo de 15 DÍAS NATURALES siguientes a esta publicación puede alegar por escrito dirigido al órgano competente para resolverlo-con los datos personales, número de expediente, matrícula del vehículo y fecha de la denuncia-, todo aquello que considere conveniente para su defensa y presentar las pruebas pertinentes, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del procedimiento sancionador, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero. Puede presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Esta presentación supone la pérdida del beneficio de la reducción.
3. Si no era Ud el conductor, en el plazo de 15 DÍAS NATURALES siguiente a la fecha de publicación de este anuncio, debe comunicar al Servicio de Multas de este Ayuntamiento los datos del conductor real (nombre, apellidos, domicilio y DNI ). La omisión de cualesquiera datos requeridos será sancionada con multa muy grave.
Esta sanción procederá igualmente en los siguientes casos, en que no se considerará debidamente realizada la identificación:
A) Si el conductor no se identifica como tal, ni por supuesto se acoge al beneficio de la reducción, ni formula las alegaciones oportunas.
B) Por causa imputable al titular no sea posible notificar la denuncia al conductor identificado.
C) Cuando la persona titular se dedique a alquiler de vehículos a corto plazo y no aporte la copia del contrato de alquiler correspondiente.
D) Cuando se identifique como conductor una persona no residente en las Islas Baleares sin probar documentalmente que era en esta localidad en el momento de la infracción.
Si en los plazos antes citados ni paga, ni formula alegaciones, ni identifica al conductor, de acuerdo con el art. 73 de la Ley de Tráfico, propondremos al órgano competente que archive por falta de pruebas, el expediente sancionador por la infracción denunciada y se incoe expediente sancionador contra el titular por haber incumplido el deber de identificación del conductor, y en consecuencia, como autor de la falta muy grave tipificada en el artículo 65.5.j de la Ley sobre tráfico. Este procedimiento caducará al año desde su iniciación sin que haya recaído resolución sancionadora, según el art. 81 de la Ley de Tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, modificada por la Ley 18/2009, de 23 de noviembre, excepto si concurren las causas de suspensión previstas en el artículo 42.5 de la Ley 30/92, modificada por la Ley 4/99 de 13 de enero.
2. NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA A LOS CONDUCTORES IDENTIFICADOS POR EL TITULAR
Una vez formulada la denuncia, con el número de expediente indicado, contra el conductor titular del vehículo, el Servicio de Multas ha iniciado el procedimiento sancionador correspondiente. El instructor del expediente es el sargento de la Policía local y el alcalde presidente es el órgano competente para resolverlo, según el artículo 71.4 de la Ley sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial. Por el hecho de no conocer quien era el conductor, ya que no pudo ser detenido o notificado en el acto por las circunstancias justificadas que el denunciante hizo constar, se notifica dicha denuncia a los efectos siguientes:
1. En caso de conformidad con la denuncia, puede abonarla durante los 20 DÍAS NATURALES siguientes a la fecha de publicación de este anuncio y con el importe que consta en el apartado 'Cuantía con reducción'. El pago implica la renuncia a formular alegaciones y la terminación del procedimiento sin necesidad de dictar resolución expresa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer los recursos correspondientes.
2. Si no está conforme, en el plazo de 15 DÍAS NATURALES siguientes a esta publicación puede alegar por escrito dirigido al órgano competente para resolverlo-con los datos personales, número de expediente, matrícula del vehículo y fecha de la denuncia-, todo aquello que considere conveniente para su defensa y presentar las pruebas pertinentes, de conformidad con el artículo 12 del Reglamento del procedimiento sancionador, aprobado por Real Decreto 320/1994, de 25 de febrero. Puede presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992. Esta presentación supone la pérdida del beneficio de la reducción.
Si no se hace efectiva la denuncia ni se presentan alegaciones en el plazo de los 20 DÍAS NATURALES antes mencionados, la iniciación del procedimiento será considerada propuesta de resolución, según el artículo 13.2 del Reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora, aprobado por Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, con los efectos previstos en los artículos 18 y 19.
FORMAS DE PAGO:
1 - En la Tesorería municipal (plaza de San Ignacio, n. 1), de 9.00 a 14.00 h.
2 - Por giro postal dirigido a la Tesorería municipal (plaza de San Ignacio, n. 1), consignando el número de boletín de la denuncia y la matrícula del vehículo.
EXPEDIENTE | INFRACTOR | MATRÍCULA | LEGISLACIÓN | ARTÍCULO | APARTADO | IMPORTE |
2648000238773 | COTO SARD SEBASTIAN | -5331 -DLF | CIR | 94 | 2A | 200,00 € |
2648000246867 | GARCIA VILLAR FRANCISCO | -5746 -CDS | CIR | 94 | 2A | 200,00 € |
2648000248912 | AYALA FERNANDEZ SOLEDAD | IB-8781 -DH | CIR | 154 | - | 80,00 € |
2648000251421 | RUIZ HIDALGO ANAIS | -2799 -DGB | CIR | 154 | - | 80,00 € |
2648000254184 | LOZANO POZO DEBORA | PM-4584 -CM | CIR | 154 | - | 80,00 € |
2648000261781 | DURAN LLITERAS JOAN | -9229 -FJH | CIR | 94 | 2A | 200,00 € |
2648000262455 | AGUILAR FERNANDO ALBERTO | IB-3630 -CL | CIR | 94 | 2E | 200,00 € |
2648000263903 | PULSS ILONA | -2436 -CVP | OMC | 11 | A | 30,00 € |
2648000264415 | CARRASCO LOPEZ JOSE MARIA | IB-5682 -CT | CIR | 117 | 1 | 200,00 € |
2648000267263 | LOUME ASSANA | -4320 -DHC | OMC | 11 | A | 30,00 € |
2648000274016 | BEZZIZI ABDELLAH | IB-5214 -CP | CIR | 94 | 2A | 200,00 € |
Son Servera, 3 de abril de 2013.
El instructor.
Mateo Lladó Cerdá.