Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 6056
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Ampliación de red de BT al Camí de sa Boval, finca “Sa Torreta”, Maó
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de enero de 2013
CONSIDERANDO
1.Que el proyecto consiste en la instalación de una red de baja tensión soterrada, para ampliar la potencia eléctrica de dos viviendas anejas existentes.
2.Que el proyecto se desarrolla dentro de Red Natura 2000 y dentro del ámbito del PN de s’Albufera des Grau.
3.Que el Servicio de Planificación de la D.G. de Medio Natural, Educación Ambiental y Cambio Climático ha informado favorablemente sobre la exclusión de afectación a la Red Natura 2000 y del informe preceptivo de repercusiones ambientales del proyecto.
4.Que Espais de Natura Balear condiciona la ejecución del proyecto, de acuerdo con el art. 65.1 del PORN, a que los residuos se gestionen por un gestor autorizado.
5.Que el documento ambiental ya recoge como medida correctora que los residuos de obra sean gestionados por un gestor de RCDs.
6.Que la nueva línea discurrirá soterrada por un camino existente.
7.Que una vez analizados los criterios del art. 44 de la Ley 11/2006 de 14 de septiembre se considera lo siguiente:
a.No se puede considerar un proyecto de grandes dimensiones, no supone la producción de grandes cantidades de residuos, contaminación o riesgo de accidentes, considerando las características del proyecto.
b.Aunque el proyecto se desarrolla dentro de Red Natura 2000 y dentro del ámbito del PN de s’Albufera des Grau, dado que la línea eléctrica se soterrará por un camino existente no se prevé afección a ninguna zona sensible.
c.El proyecte no afectará a ninguna zona húmeda o boscosa.
d.El impacto potencial del proyecto, en relación a los criterios de los apartados a) y b), y en particular la extensión del impacto, se prevé de escasa significación.
ACUERDA
no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto “Ampliación de red de baja tensión al Camí de sa Boval, finca Sa Torreta”, T.M. de Mahón, con las medidas protectoras y correctoras del documento ambiental y con la condición siguiente:
Se tiene que cumplir la normativa de residuos, en concreto:
I.Art. 28 del PDS para la gestión de los residuos no peligrosos de la isla de Menorca.
II.Art. 4 y apartados 1, 2, 3, 4, 5 y 7 del art. 5, del Real decreto 105/2008 de 1 de febrero, por el cual se regula la producción y gestión de residuos de construcción y demolición.
Palma, 6 de marzo de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato