Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 6054
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Almazara en la finca “Can Pep Guillem”, parroquia de Sant Rafel de sa Creu, Sant Antoni de Portmany
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo I de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de enero de 2013
CONSIDERANDO
1. Que el proyecto contempla la adecuación, en suelo rústico común de régimen general, de una nave existente para la instalación de una almazara tradicional y de las infraestructuras y equipamientos necesarios por la elaboración de aceite de oliva virgen extra (10.000 l/año) a partir de la producción propia de la finca (40.000 kg/año) y la legalización de una edificación de aparcamiento (porche), garaje por maquinaria agrícola, servicios higiénicos, pequeño taller y terraza con porche, con una superficie total construida de 86 m2.
2. Que el proyecto prevé enviar las aguas residuales de los servicios higiénicos hacia una depuradora compacta y las aguas aceitosas hacia un depósito estanco de 6 Tm de capacidad a la espera de la evacuación periódica por empresas especializadas, que se han adoptado las medidas correctoras indicadas por la DGRH, y que el Servicio de Estudios y Planificación ha informado favorablemente el proyecto.
3. Que el proyecto tiene garantizada la suficiencia hídrica (a pesar de que el pozo existente en la finca está autorizado únicamente por uso doméstico) y energética, y contempla la utilización de energías renovables.
4. Que el proyecto y el EsIA dan respuesta satisfactoria a los requerimientos del informe del SAA emitido en la fase previa de consultas (tratamiento de las aguas residuales, gestión de los residuos generados, disponibilidad de agua, ruidos y vibraciones, olores, cambio de uso del pozo, aparcamiento, derramamientos puntuales y posible contaminación).
5. Que no se esperan impactos ambientales significativos derivados de la ejecución del proyecto ni de la fase de explotación (tampoco al patrimonio ni al paisaje, ni contaminación atmosférica) si se aplican las medidas correctoras previstas en la EsIA y el Plan de Vigilancia Ambiental.
ACUERDA
informar favorablemente el proyecto “Almazara en la Finca Can Pep Guillem, Parroquia de Sant Rafel de Sa Creu”, T.M. de Sant Antoni de Portmany, de acuerdo con las medidas correctoras y las previsiones del plan de vigilancia ambiental, indicadas en la EIA, siempre que el proyecto se ajuste a lo que se contempla en la documentación aportada y que el cumplimiento de la siguiente condición, de acuerdo con el informe de la Dirección general de Recursos Hídricos: Es necesario llevar a cabo una buena gestión del sistema de depuración, que tiene que incluir la retirada periódica de los fangos generados.
Se recuerda que:
1.Si se tercia, el promotor tiene que solicitar al Servicio de Aguas Subterráneas de la Dirección general de Recursos Hídricos los nuevos usos (riego e industrial), para la captación de agua subterránea existente en la finca, derivados de la nueva actividad. En esta tramitación, la Dirección general de Recursos Hídricos y la Consejería de Salud y Consumo determinarán las condiciones particulares que tendrá que cumplir el agua para cada uso.
2.De acuerdo con el informe del Servicio de Residuos y Suelos Contaminados de la Dirección general de Medio Natural, Cambio Climático y Educación Ambiental, los titulares de la actividad están obligados a remitir al Servicio de Residuos y Suelos Contaminados un informe preliminar de situación para cada uno de los suelos donde se desarrolle la actividad, con el alcance y contenido mínimo que se recoge en el anexo II del Real decreto 9/2005 (art. 3.1).
3.En caso de utilizarse el efluente del agua depurada para el riego se tendrá que solicitar autorización de vertido a la D.G. de Recursos Hídricos.
Palma, 6 de marzo de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato