Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5836
Cuenta de Abogados 1300/2011
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento CUENTA DE ABOGADOS 0001300 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JUAN CALATAYUD LLORCA contra la empresa ARLINDO VILA LIMES, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente cedula de requerimiento:
CÉDULA DE REQUERIMIENTO
ÓRGANO JUDICIAL QUE REQUIERE:
JDO. DE LO SOCIAL N. 4
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA:
CUENTA DE ABOGADOS 0001300 /2011
PERSONA/S A LA/S QUE SE REQUIERE:
ARLINDO VILA LIMES.
CALA FORNELLS , C /GAVIOTAS 1, 1º A 07160
OBJETO DEL REQUERIMIENTO:
Proceda al pago de la cantidad de 808,69 euros de principal mas 81 € de costas e intereses, en un plazo de DIEZ DÍAS o para que impugne la misma exponiendo los motivos que tuviere para impugnarla y aportando, en su caso, los documentos que tuviere a su disposición.
Igualmente apercibo al/a la requerido/a de que si en dicho plazo no paga ni impugna cuenta de derechos y suplidos, le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho.
En PALMA DE MALLORCA, a doce de Febrero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL
Y para que sirva de notificación y requerimiento en legal forma a ARLINDO VILA LIMES, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ISLAS BALEARES .
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a veintiuno de Marzo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL