Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
AYUNTAMIENTO DE ALAIOR
Núm. 6000
Edicto delegacion matrimonio concejal EAB
En cumplimiento de los artículos 43 y 44 del RD 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, se hace público que por Resolución de Alcaldía de fecha de hoy, se ha dispuesto:
"Visto que se considera conveniente y adecuado, por haberlo solicitado los contrayentes (RE 413, de 30/01/2013), delegar en Emilio Agis Benejam, concejal de este Ayuntamiento, la autorización del acto de celebración del matrimonio civil, expediente 269/ 2013
RESUELVO
PRIMERO. Delegar a favor de Emilio Agis Benejam, concejal de este Ayuntamiento, el ejercicio de la competencia correspondiente a la autorización del acto de celebración del matrimonio civil, expediente 269/2013.
SEGUNDO. La delegación habrá de estar documentada previamente, siendo suficiente con que en el acta de autorización del matrimonio se haga constar que el concejal ha actuado por delegación de la alcaldesa.
TERCERO. La delegación conferida en la presente Resolución requerirá para su eficacia la aceptación del órgano delegado, entendiéndose esta otorgada tácitamente, si no se formula ante la alcaldesa expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el termino de tres días hábiles desde el siguiente a que le sea notificada esta Resolución.
CUARTO. Ordenar la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears, tablón de anuncios y página web municipal, y dar cuenta de su contenido en el próximo Pleno que celebre la Corporación.
QUINTO. Notificar esta Resolución a las personas interesadas. "
Alaior, 20 de marzo de 2013
La alcaldesa,
Misericordia Sugrañes Barenys