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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE SANTA EUGÈNIA

Núm. 5919
Modificación ordenanza I.C.O.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Aprobado por este Ayuntamiento en sesión ordinaria celebrada el día 22 de enero de 2013, la modificación del artículo 3º.3, así como la disposición final de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, queda definitivamente aprobada la siguiente modificación, que tendrá vigencia a partir de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de las Islas Baleares;

 Ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras, se aprueba el siguiente:

 Artículo 3º.-

 Añadir los siguientes tipos de gravámenes:

 Por obras entre 120.001 a 360.000, 3,3 %

 Por obras superiores a 360.001, 3,6 %

 Disposición final

 La presente modificación entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, y estará en vigor hasta su modificación o derogación expresa.

 Lo que se hace público para el general conocimiento y a los efectos oportunos, significándole que, contra el citado acuerdo de aprobación definitiva de modificación de la citada ordenanza fiscal los interesados podrán interponer ante la jurisdicción contencioso-administrativa, recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este edicto y de conformidad con lo establecido en el art. 19.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Santa Eugènia a 27 de marzo de 2013

 

El Alcalde,

Guillem Crespí Sastre