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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5339
Procedimiento Ordinario 0001089/2011 Sobre Otras Materias

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D. FERNANDO ESTRADA RUIZ, Secretario del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca, hago saber que en el procedimiento de referencia, se ha dictado sentencia de fecha 13/03/13 cuyo FALLO es del tenor literal siguiente:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dª Magdalena Cuart Janer, en nombre y representación de D. Hans Dieter Becker contra D. Oliver Summer y Dª Martina Oliver declarando que los demandados habían incumplido su obligación de pago de la cantidad pactada en contrato de 16 de noviembre de 2010 así como condenando a los demandados al cumplimiento de las obligaciones fijadas en el contrato y que abonen a la actora la cantidad de 48737,20 euros más los intereses legales que se devengaren hasta su integro pago y todo ello con expresa imposición de las costas procesales al demandados.

La presente sentencia no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante este juzgado y a resolver por la Audiencia Provincial de Islas Baleares, de acuerdo con los artículos 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros, en concepto de depósito, en la cuenta de depósitos y consignaciones del Juzgado existente en el banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre modificada por Real Decreto-ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por esta mi sentencia lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca.

PUBLICACION.- Leída y publicada fue la anterior sentencia por el Sr. Juez que la suscribe estando celebrando audiencia pública en el mismo día de su fecha; doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de MARTINA SUMMER Y OLIVER SUMMER, se extiende la presente para que sirva de  notificación.

PALMA DE MALLORCA a trece de Marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICAL.