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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 23 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4374
Procedimiento Ordinario 0000121/2012 Sobre Otras Materias

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Texto

D. LUIS MARQUEZ DE PRADO MORAGUES, Secretario Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N. 23  de PALMA DE MALLORCA, por el presente,

ANUNCIO:

En el presente procedimiento seguido a instancia de MARIA ENSEÑAT ENSEÑAT frente a HERENCIA YACENTE DE ANTONIO MOLL AMENGUAL y HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO MOLL AMENGUAL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA

En Palma de Mallorca, a veintitrés de mayo de dos mil doce.

Vistos por Dª. SONIA I. VIDAL FERRER, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 23 de Palma de Mallorca los presentes autos de Juicio Ordinario seguidos en este Juzgado con el nº 121/11 a instancia de MARÍA ENSEÑAT ENSEÑAT representada por el Procurador FRANCISCO BARCELÓ y asistido del Letrado BARTOLOMÉ PIZÁ en ejercicio de una acción en declarativa de dominio e inscripción en el Registro de la Propiedad contra HERENCIA YACENTE y/o HEREDEROS o CAUSAHABIENTES DESCONOCIDOS DE ANTONIO MOLL AMENGUAL y HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO MOLL AMENGUAL declaradas en rebeldía.

FALLO

SE ESTIMA ÍNTEGRAMENTE la demanda formulada a instancia del Procurador FRANCISCO BARCELO en nombre y representación de  MARÍA ENSEÑAT ENSEÑAT contra HERENCIA YACENTE y/o HEREDEROS o CAUSAHABIENTES DESCONOCIDOS DE ANTONIO MOLL AMENGUAL y HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO MOLL AMENGUAL y SE DECLARA  que que la actora es exclusiva  legítima propietaria, en cuanto al dominio útil, del inmueble situado en la planta baja del nº 14 de la calle soler de esta Ciudad, el cual se corresponde con la finca registral nº 3.188 al Libro 308 de Palma-Término, Tomo 2.021 del archivo, folio 148, inscripción 18ª, del Registro de la Propiedad nº 11 de Palma de Mallorca.

2.- Se ACUERDA librar, luego que sea firme la sentencia, los oportunos mandamientos dirigidos al Ilmo. Sr. Registrador de la Propiedad nº 11 de esta Ciudad a fin de que sirva inscribir a favor de Dª. María Enseñat Enseñat el dominio útil de la finca registral de autos, entregándose seguidamente a representación procesal de la actora para que cuide de su curso y diligenciamiento.

3.- Se CONDENA a los herederos y/o a la herencia yacente de D. Francisco Moll Amengual y de D. Antonio Moll Amengual, en su condición de titulares registrales de las cinco sextas partes indivisas del dominio útil de la finca y en su calidad de causahabientes de D. Antonio Moll Pascual, titular de la sexta parte indivisa restante del dominio útil de la misma, a estar y pasar por la anterior declaración

4.- No se efectúa especial pronunciamiento en materia de costas.

Contra la presente resolución  se podrá anunciar recurso de apelación ante este Juzgado en el plazo de veinte días a partir del siguiente a su notificación. Para ello deberá consignar en la cuenta del Juzgado el importe de 50€ de conformidad a lo dispuesto en la DA 15 de la LOPJ, según redacción por LO 1/09 de 4 de noviembre.

Así por esta mi Sentencia, de la que se expedirá testimonio en autos, para unir el original al Libro de Sentencias del Juzgado, definitivamente juzgado en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo. Firmado.- SONIA I. VIDAL FERRER- Rubricado.

Y encontrándose dicho demandado, HERENCIA YACENTE DE FRANCISCO MOLL AMENGUAL en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Febrero de dos mil trece.

EL SECRETARIO JUDICIAL