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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 5783
Notificación de propuesta de resolución de expediente por infracción administrativa en materia de pesca núm. 5/2012, 7/2012, 20/2012 y 32/2011

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Texto

Dado que no ha sido posible notificar la propuesta de resolución de los expedientes sancionadores por infracción en la normativa de pesca, Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado, le notificamos, de acuerdo con lo que se determina en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de las personas interesadas que se detallan en el anexo adjunto que el instructor nombrado en el procedimiento administrativo ha dictado propuesta de resolución del expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de pesca.

Se le comunica que a partir de este momento pueden acceder con la asistencia, en su caso, de los asesores que necesiten, al contenido del expediente que se encuentra en las dependencias del Departament d’Agricultura, Ramaderia, Pesca, Caça i Cooperació Municipal del Consell Insular d’Eivissa, en la av. de España, 49, 3r piso, y obtener copias de los documentos que contiene al amparo de lo que establece el art. 14 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, por el cual se aprueba el Reglamento del procedimiento a seguir por la Administración de la Comunidad Autónoma en el ejercicio de la potestad sancionadora, y se les concede un plazo de quince días hábiles a contar desde el siguiente al de esta publicación para que formulen alegaciones y presenten los documentos y las informaciones que consideren pertinentes. Así mismo, podrá reconocer su responsabilidad y hacer efectiva la sanción correspondiente. En caso de no efectuar alegaciones ni reconocer su responsabilidad dentro del plazo legalmente establecido, se dictará resolución definitiva del expediente.

Lo cual les notifico para su conocimiento y a los efectos oportunos.

 

Eivissa, 5 de febrero de 2013

 

La Secretaria Tècnica d’Esports i Joventut, i de l’Àrea de Cultura, Turisme i Agricultura

Concepción Rebollo Laserna

 

Anexo

Núm. de expediente.: 5/2012

Presunto responsable: (datos personales ocultos)

Fecha de la propuesta de resolución: 27 de febrero de 2013

Precepto infringido: Infracción del artículo 2 del Decreto 69/1999, por el cual se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) en relación al artículo 96.1a de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOIB núm. 75 de 18.03.2001).

Calificación de la infracción: Grave

Sanción: 301 €

Último domicilio: (datos personales ocultos)

Municipio: Sant Josep de sa Talaia

 

Nº. de expediente: 7/2012

Presunto responsable: (datos personales ocultos)

Fecha de la propuesta de resolución: 7 de febrero de 2013.

Precepto infringido: Infracción del articulo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) en relación al artículo 96.1a de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOE núm. 75 de 18.03.2001) y, una infracción del artículo 12j del Decret 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear en relación al artículo 96.1f de la Ley de Pesca Marítima del Estado.

Calificación de la sanción: Grave.

Sanción: 301 €.

Último domicilio: (datos personales ocultos)

Municipio: Eivissa.

 

Nº. de expediente: 20/2012

Presunto responsable: (datos personales ocultos)

Fecha de la propuesta de resolución: 28 de febrero de 2013

Precepto infringido: Infracción del artículo 2 del Decreto 69/1999, por el cual se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999) modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) en relación al artículo 96.1a de la Ley de Pesca Marítima del Estado (BOIB núm. 75 de 18.03.2001).

Calificación de la infracción: Grave

Sanción: 301 €

Último domicilio: (datos personales ocultos)

Municipio: Sant Antoni de Portmany

 

Nº. de expediente: 32/2011

Presunto responsable: (datos personales ocultos)

Fecha de la propuesta de resolución: 30 de enero de 2013

Precepto infringido: Artículo 2 del Decreto 69/1999, por el que se regula la pesca deportiva y recreativa en las aguas interiores del archipiélago balear (BOIB núm. 80 de 22.06.1999), modificado por el Decreto 61/2002, de 19 de abril (BOIB núm. 51 de 27.04.2002) en relación al articulo 96.1a de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado y, del articulo 96.2e de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado en relación al artículo único del Real Decreto 1615/2005, de 30 de diciembre, por el que se modifica el RD 560/1995, de 7 de abril, por el que se establecen las medidas mínimas para determinadas especies pesqueras (BOE núm. 16 de 19 de enero de 2006).

Calificación de la infracción: Grave

Sanción: 602 €

Último domicilio: (datos personales ocultos)

Municipio: Llucmajor