Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 5778
Declaración de desistimiento de procedimiento promovido por Telefónica Móviles España SA, exp. nº 2002/11 d'activitat
No habiendo sido posible la notificación personal a los interesados en el domicilio indicado en el expediente y de acuerdo con lo establecido en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y de procedimiento administrativo común, procede la publicación del presente anuncio.
La Comisión de Gobierno en sesión de fecha 15 de febrero de 2013 emitió, entro otros, el siguiente contrato:
EXP. N 2002/11, DECLARACIÓN DE DESISTIMIENTO DE PROCEDIMIENTO PROMOVIDO POR TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SA
1. Visto el escrito presentado por TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SA, con fecha de entrada en esta Corporación el 18 de febrero de 2002 (nRGE 707), mediante el cual solicita licencia de actividad para la instalación de una estación base de telefonía móvil, con emplazamiento en La Savina, TM Formentera.
2. Mediante Providencia de fecha 10 de octubre de 2007 se notifica el día 22 de octubre de 2007 al interesado que el escrito de inicio presentado no reúne los requisitos necesario para tener por completa la solicitud y poder iniciar correctamente la su tramitación, otorgándole el plazo legal de 10 días siguientes a la notificación, a fin de aportar documentación esencial señalada en la Providencia de fecha 10 de octubre de 2007, consistente en:
"(...) el proyecto técnico debera estar redactadas SEGÚN se establece en los apendices del Reglamento de Actividades Clasificadas (Decreto 18/1996). Deber aportar proyecto técnico o anexos al proyecto que debera incluir también la ficha técnica de la actividad. "
3. A estos efectos, y conforme al artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en dicha providencia se le advirtió del desistimiento de su petición , en caso que dentro del plazo legal de diez días, contados desde el siguiente a la recepción de la notificación, el interesado no presentara la documentación requerida para proceder a la contestación de su solicitud.
4. En el presente caso ya fecha de hoy, no consta en la documentación obrante en el expediente núm. 2002/11. La documentación requerida, por lo que no subsanar la solicitud de documentación.
5. Consecuentemente y viendo que sobrepasado el plazo legal (10 días por la subsanación) establecido por la aportación de la documentación preceptiva según la legislación aplicable, a fecha de hoy, no consta en el citado expediente la documentación necesaria para poder informar adecuadamente tal solicitud de licencia de actividad. (exp 2002/11.). Queda acreditada la extemporaneidad e inexistencia de la subsanación por parte de TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SAVisto lo anterior, se eleva a la aprobación de la Comisión de Gobierno la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
PRIMERO. - DECLARAR DESISTIDO DE SU PETICIÓN a TELEFONICA MOVILES ESPAÑA SA instada el día 18 de febrero de 2002 con nRGE 707 en relación a licencia de actividad para la instalación de una estación base de telefonía móvil, con emplazamiento en La Sabina, TM Formentera (exp. 2002/11), de conformidad con el artículo 42, 58 y 71 de la Ley 30/1992, probada la extemporaneidad e inexistencia de la subsanación por parte del el interesado en el plazo legalmente establecido .
SEGUNDO. - Proceder al archivo de las actuaciones objeto del expediente núm. 2002/11.
TERCERO. - Notificar el presente acuerdo al interesado a los efectos oportunos. "
La Comisión de Gobierno, por unanimidad, aprueba la propuesta de acuerdo presentada.
Este acto pone fin a la vía administrativa, contra el cual podrá interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes ante la misma Comisión de Gobierno, o directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente en que tenga lugar la presente notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común en relación a los artículos 25, 46.1 y 46.4 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Todo ello sin perjuicio de cualesquiera otras impugnaciones o reclamaciones que se estimen oportunas.
Formentera, 18 de marzo de 2013.
El Presidente,
Jaume Ferrer Ribas.