Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
AYUNTAMIENTO DE CAMPANET
Núm. 5759
Notificación Decreto de Alcaldía relativos a procedimientos de liquidación de recibos e subministro de agua
Según dispone el artículo 33 del Reglamento del servicio público de suministro de agua potable del Ayuntamiento de Campanet (BOIB NÚM 194 DE 29-12-2005), constituye una falta grave tener pendiente el pago de dos recibos correspondientes a dos trimestres. Y en base al artículo 34 de dicho reglamento, si el abonado incurre en cualquier de las faltas estipuladas en el artículo 33, por Decreto de Alcaldía, se podrá suspender el suministro del servicio
Intentada por dos veces la notificación a las persones i entidades que posteriormente se relacionan, relativas a procedimientos de liquidaciones instruidas por la oficina municipal de intervención - tesorería del Ayuntamiento de Campanet, (Plaça Major, núm. 24); visto que la notificación no ha podido tener efecto por causas no imputables a la administración municipal, se cita a las personas interesadas o a sus representantes para que en el plazo de 10 días naturales, contados a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio, comparezcan a la mencionada oficina para que les sea practicada la respectiva notificación. Se comunica que si no comparece en el plazo hábil citado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al del vencimiento del periodo señalado para comparecer
Notificación:
“DECRETO DE BATLIA NÚM. 301-2012
JOAN AMENGUAL HORRACH, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Campanet, haciendo uso de las atribuciones conferidas por la legislación de régimen local.
Según dispone el artículo 33 del Reglamento de servicio público de suministro de agua potable del Ayuntamiento de Campanet (BOIB Nº 194 DE 29-12-2005), constituye una falta grave tener pendiente el pago de dos recibos correspondientes a dos trimestres. y en base al artículo 34 de dicho Reglamento, si el abonado incurre en cualquiera de las faltas estipuladas en el artículo 33, por Decreto de Alcaldía, se podrá suspender el suministro del servicio.
Resultando que están pendiente de pago los siguientes recibos:
TITULAR: PROMOTORA BALEAR DE EDIFICIOS, S.A.
Nº RECIBO |
PERIODO |
IMPORTE |
1152009862 |
QUARTO TRIMESTRE 2011 |
16.23 |
1252002761 |
PRIMER TRIMESTRE 2012 |
16.62 |
1252006371 |
SEGUNDO TRIMESTRE 2012 |
16.62 |
RESUELVO:
Primero.- Notificar al titular PROMOTORA BALEAR DE EDIFICIOS, S.A., con NIF A07570344, que el Ayuntamiento propondrá la suspensión del suministro de agua potable a la calle Camí d’Ullaró, núm. 4, por constituir falta grave el tener pendiente de pago dos recibos correspondientes a dos trimestres.
Segundo.- Conceder al titular un plazo de 10 días hábiles, des de la notificación del presente decreto, para presentar alegaciones a la propuesta.
Tercero.- pasados 10 días, sin que se hayan presentado alegaciones o respuesta adecuada, el Ayuntamiento procederá a precintar i suspender el suministro de agua.
Cuarto.- Según el artículo 36, Transcurridos dos meses des de la suspensión del suministro sin que el abonado haya solucionado las causas por las que se ha interrumpido el servicio, el ayuntamiento estará facultado para resolver el contrato.
El servicio se restablecerá el mismo día o el siguiente hábil del que se hayan solucionado las causas que originan la interrupción del suministro. Campanet, 22 de noviembre de 2012”
Campanet, 22 de marzo de 2013.
El Alcalde
Joan Amengual Horrach