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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5021
Juicio Verbal 255/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./Dª. FERNANDO ESTRADA RUIZ , Secretario/a Judicial, del JUZGADO DE  1ª INSTANCIA Nº 1  de PALMA DE MALLORCA, hago saber que en el presente procedimiento JUICIO VERBAL –TERCERIA DE DOMINIO-  255/2012   seguido a instancia de  PLAYA SANTANDRIA SL frente a 270 AQUAMARINE SL, AQUAMARINE DIVING CENTR SL  se ha dictado AUTO nº 49/13 de fecha 28/02/13, cuya PARTE DISPOSITIVA literal es la siguiente:

PARTE DISPOSITIVA

Que, estimando la demanda presentada por la Procuradora de los Tribunales, Dª María Ortiz Peñalver, en nombre y representación de Playa Santandría, S.L., frente a 270 Aquamarine, S.L. y Aquamarine Diving Center, S.L. procede alzar el embargo trabado sobre la embarcación “Dugui sort” matrícula 6ª PM13191  en procedimiento de ejecución provisional  640/2002 de este mismo Juzgado de Primera Instancia nº1 de Palma de Mallorca, con la consiguiente remoción del depósito, al ser la embarcación propiedad de Playa Santandría, S.L., y procede, igualmente,  cancelar  la anotación preventiva de embargo respecto a  la embarcación “Dugui sort”, sin expresa imposición de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndolas saber que contra este Auto  cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días ante la Audiencia Provincial de Islas Baleares conforme a los términos del artículo 455 y 458 LEC.

Con carácter previo a la interposición del recurso deberá consignarse la cantidad de 50 euros en concepto de depósito en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones del Juzgado existente en el Banco Banesto.

Asimismo, la/s parte/s recurrente/s deberán hacer frente al abono de la tasa de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, modificada por Real Decreto- Ley 3/2013, de 22 de febrero.

Así por este mi auto lo pronuncia, manda y firma D. Sergio López Ruiz, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia  nº1 de Palma de Mallorca; Doy fe.

Y encontrándose el demandado AQUAMARINE DIVING CENTR SL en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

PALMA DE MALLORCA a cuatro de Marzo de dos mil trece..

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,