Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4964
Juicio de Faltas 621/2012
Que en virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia recaida en autos a CORNELIU RUDOLF en la actualidad en ignorado paradero y que es del tenor siguiente: Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 621 /2012 .
-S E N T E N C I A NUMERO 449/12 .-En PALMA DE MALLORCA a diecisiete de Octubre de dos mil doce.-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 621 /2012, seguida por una falta de HURTO ,contra Corneliu Rudolf y Ionel Cazacu .
-F A L L O.-QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a IONEL CAZACU y CORNELIU RUDOLF NIEDL , como autores responsables de una falta de HURTO ,en grado de tentativa, a la pena de UN MES MULTA con una cuota diaria de 6 euros, con un dia de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas , para cada uno de ellos y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.-Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-En PALMA DE MALLORCA a 14 de Febrero de 2013.
Y para que sirva de notificación en forma a CORNELIU RUDOLF, en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente Edicto en Palma a 14 de Febrero de 2013
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL