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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 10 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4964
Juicio de Faltas 621/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Que en  virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se  notifica la sentencia recaida en autos a CORNELIU RUDOLF  en la actualidad en ignorado paradero  y que es del tenor siguiente: Procedimiento: JUICIO DE FALTAS 621 /2012 .

-S E N T E N C I A  NUMERO 449/12 .-En PALMA DE MALLORCA a diecisiete de Octubre  de dos mil doce.-D./Dña. MARIA DEL CARMEN ABRINES MARTI, MAGISTRADO de Instrucción, habiendo visto y oído en Juicio Oral y Público la presente causa JUICIO DE FALTAS 621 /2012, seguida por una  falta de HURTO ,contra Corneliu Rudolf y Ionel Cazacu .

-F A L L O.-QUE DEBO CONDENAR Y CONDENO a  IONEL CAZACU y CORNELIU RUDOLF NIEDL , como autores responsables de una falta de HURTO ,en grado de tentativa, a la pena de  UN MES MULTA con una cuota diaria de 6 euros, con un dia de privación de libertad por cada dos cuotas diarias impagadas , para cada uno de ellos y al pago de las costas.-La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación en este Juzgado para ante la Iltma. Audiencia Provincial de ILLES BALEARS en el plazo de CINCO DIAS desde su notificación.-Así por ésta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.-En PALMA DE MALLORCA a 14 de Febrero de 2013.

  Y para que sirva de notificación en forma a CORNELIU RUDOLF, en la actualidad en ignorado paradero, expido el presente Edicto en Palma a 14 de Febrero de 2013

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL