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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 9 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5297
Juicio de Faltas 0000095/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D./DÑA. JUANA MARIA MAS PERELLO SECRETARIO DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 009 DE PALMA DE MALLORCA

DOY FE Y TESTIMONIO:

Que en el Juicio de Faltas nº 95/2012 se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

“SENTENCIA.- NUM. 35.

En Palma de Mallorca, a trece de febrero del año dos mil trece.- Vistos que han sido por mí, Enrique Morell García, Magistrado-Juez del Juzgado de Instrucción número nueve de los de esta Capital, las precedentes actuaciones de Juicio de Faltas, seguidas en este Juzgado con el número 95 de 2012 sobre presunta falta  contra el patrimonio entre las siguientes partes: Ministerio Fiscal, Teodoro Cabanillas, Estíbaliz García Baliñas, Juan Luis Crespo Veintimilla, Sergio Alonso Santiago, Ana García Cortes, Virginia González Martín, Ariel Serra Leire, Eroski y Mercadota, dicto la presente resolución en base a los siguientes:.- ANTECEDENTES DE HECHO… HECHOS PROBADOS….FUNDAMENTOS DE DERECHO…

FALLO.

Condenando a Sergio Alonso Santiago, a Ana García Cortés, a Virginia González Martín y a Ariel Serra Leire como autores responsables de una falta del artículo 623.1 del Código Penal, a la pena para casa uno de ellos de diez días de localización permanente.

Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso de apelación, por escrito, en el plazo de cinco días a contar desde su notificación.

Así por esta mi sentencia, juzgando en esta primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.”

Y para que conste y sirva de  NOTIFICACION A ARIEL SERRA LEIRA, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el Boletín oficial de La Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, expido el presente en PALMA DE MALLORCA a doce de Marzo de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO.