Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE ES MERCADAL
Núm. 5513
Declaración baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes
De acuerdo con la Resolución de 9 de abril de 1997, de la Subsecretaría del Ministerio de la Presidencia, por la que se dispone la publicación de la Resolución de 1 de abril de la Presidenta del INE y del Director general de Cooperación Territorial, por la que se dictan las instrucciones técnicas a los ayuntamientos sobre la gestión y revisión del Padrón municipal, se notifica a (datos personales ocultos) que el Ayuntamiento dará de baja de oficio por inscripción indebida en el padrón municipal de habitantes por incumplir los requisitos establecidos en el artículo 54 del Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales.
Se concede un plazo de quince días desde el día siguiente a la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de las Illes Balears para manifestar si está o no de acuerdo con la baja, pudiendo alegar y presentar los documentos y justificaciones que estime pertinentes, al objeto de acreditar que es en este municipio en el que reside el mayor número de días del año.
Es Mercadal, 20 de marzo de 2013
EL ALCALDE
Francesc Ametller Pons