Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 5269
Ejecución de Títulos Judiciales 0000236/2012
D/Dª PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:
Que en el procedimiento EJECUCION DE TITULOS JUDICIALES 0000236 /2012 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ESTRID SALINAS VEGA contra la empresa PROYECTOS Y OBRAS LAUMA 2002 SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:
“PARTE DISPOSITIVA
DISPONGO:
1.- Aclarar el auto dictado con fecha 19/07/12, en cuanto a al principal por el que se despacha ejecución que debe decir en su parte dispositiva: ‘16.095,30.-EUROS en concepto de principal’
2.- Incorporar esta resolución al Libro que corresponda y llevar testimonio a los autos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Contra este auto no cabe interponer recurso alguno distinto al que en su caso pueda interponerse frente a la resolución aclarada.
Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.”
“PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1.- Aclarar el decreto de fecha 11/03/13 en los siguientes términos: ‘Declarar al/a los ejecutado/s PROYECTOS Y OBRAS LAUMA 2002,SL en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 16.095,30 euros, insolvencia que se entenderá a todos
2.- Incorporar esta resolución al libro que corresponda y llevar testimonio de la misma a los autos.
Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin, surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similares, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el Tribunal.
Contra este decreto no cabe interponer recurso alguno distinto al que en su caso pudiera interponerse frente a la resolución modificada.”
Y para que sirva de notificación en legal forma a PROYECTOS Y OBRAS LAUMA 2002 SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de las Islas Baleares.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.
En PALMA DE MALLORCA, a trece de Marzo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.