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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE CAPDEPERA

Núm. 5362
Edito relativo a la publicación del Decreto de resolución del expediente sancionador de medio ambiente 50MA12, por infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

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Texto

Al no haber sido posible notificar el Decreto de resolución del expediente sancionador 50MA12, al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de infringir la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, y de acuerdo con lo establecido en el art. 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común, según la redacción dada por la Ley 4/1999, de 13 de abril, y a efectos de notificación se publica el Decreto de resolución de fecha 21 de enero de 2013.

DECRETO DE RESOLUCIÓN

Por el Decreto de Alcaldía de fecha 9 de julio de 2012, por la cual se decretaba la incoación de un expediente sancionador al Sr. (datos personales ocultos) como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Considerando que no ha sido posible la notificación del Decreto antes citado, registro de salida nº 3978 y fecha 16-07-12 fue publicado en el BOIB nº 155 de 23-10-12, y durante el plazo para presentar alegaciones, el interesado no ha presentado ninguna.

Considerando que el Instructor del expediente emitió una propuesta de resolución el 13 de septiembre de 2012, en la cual se proponía imponer una sanción de 300,52 € al Sr. (datos personales ocultos), como presunto responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

Considerando que la notificación de esta propuesta de resolución al Sr. (datos personales ocultos), registro de salida nº 6285 y fecha 13-12-12, fue recibida el día 19-12-12 y durante el plazo para presentar alegaciones el interesado no presentó ninguna.

Considerando lo que dispone el art. 8 del Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo por el que se aprueba la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, los animales de especie canina potencialmente peligrosos, en lugares públicos, deberán llevar obligatoriamente bozal apropiado para cada tipología racial de cada animal. Igualmente los perros potencialmente peligrosos, en lugares públicos, deberán de ser conducidos y controlados con cadena o correa no extensible de menos de 2 metros, sin que se puedan llevar más de uno de estos perros por persona.

Considerando el art. 13.2.d) de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, tener un perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin morral o no sujeto con cadena se considera una infracción grave, y se puede sancionar con una multa de 300,52 a 2.404,05 €, tal como indica el art. 13.5 de la citada Ley.

RESUELVO

Primero: Imponer al Sr. (datos personales ocultos), la sanción de 300,52 €, como responsable de la infracción de la Ley 50/1999, sobre el régimen jurídico para la tenencia de animales potencialmente peligrosos, por tener un perro por la vía pública no sujeto con cadena.

Segundo: Informar de que el pago de la sanción se realizará mediante liquidación, que próximamente recibirá en su domicilio. En esta liquidación se le comunicará el plazo, forma y lugar de pago.

Tercero: Ordenar que se de cuenta ante el Pleno del presente Decreto en la siguiente sesión ordinaria que se celebre a partir de esta fecha, y que se notifique a los interesados indicándoles los recursos que se podrán interponer.

 Capdepera, 15 de març de 2013

 

El Batle

Fdo. Rafael Fernández Mallol