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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE ALCÚDIA

Núm. 5323
Rectificación error material edicto publicación Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el municipio de Alcudia

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Texto

Mediante Decreto de Alcaldía núm. 337, de fecha 19 de marzo de 2013, se ha resuelto rectificar dos errores materiales advertidos en el edicto de 20 de febrero de 2013 relativo a la publicación de l’Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el municipio de Alcúdia.

Alcúdia, 19 de marzo de 2013.

 

LA ALCALDESA,

Coloma Terrasa Ventayol

 

Se publica a continuación el Decreto mencionado:

DECRETO DE ALCALDIA_____________________________________

Dado que en fecha 9 de noviembre de 2012 se sometió a la consideración del Pleno del Ayuntamiento la propuesta de aprobación definitiva de la Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el Municipio de Alcúdia.

Dado que antes de someter a votación la propuesta la concejala delegada de Comercio advirtió un error material en el artículo 28.3 de la ordenanza propuesta relativo al mercado de verano (mercado nocturno), en el sentido de que, en lugar de decir "El mercado se hará de junio a septiembre, de jueves a sábado ", debe decir "El mercado se hará de junio a septiembre, de miércoles a sábado ".

Dado que el Pleno del Ayuntamiento aprobó definitivamente la ordenanza con corrección del error material advertido y desestimación de las reclamaciones, reparos y/o observaciones presentadas durante el periodo de información pública del acuerdo de aprobación inicial.

Dado que mediante edicto de 20 de febrero de 2013 se ordenó la publicación de la mencionada ordenanza sin recoger la rectificación de error material ni la aprobación definitiva con desestimación de las reclamaciones, reparos y/o observaciones presentadas durante el período de información pública.

Vistas las atribuciones que me confiere el artículo 21.1.r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.

Visto lo que dispone el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común.

Es por todo ello que,

RESUELVO

PRIMERO. - Rectificar el error material advertido en el edicto de 20 de febrero de 2012 mediante el cual se ordenó la publicación de la Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el Municipio de Alcúdia, en el sentido de que:

Donde dice "Dado que ha transcurrido el plazo de treinta días de exposición pública del acuerdo de la ordenanza Municipal reguladora de la venta ambulante en el municipio de Alcúdia, el acuerdo hasta entonces provisional devingut definitivo en virtud de la presunción establecida en el artículo 49 c) in fine de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL), y en el artículo 102 d) de la Ley 20/2006 , de 15 de diciembre, municipal y de régimen local de las Islas Baleares (LMRLIB).”.

Debe decir: "Dado que mediante acuerdo de Pleno de fecha 9 de noviembre de 2012 se ha aprobado definitivamente la Ordenanza Municipal reguladora del Comercio Ambulante en el municipio de Alcúdia, con desestimación de las reclamaciones, reparos y/o observaciones presentadas durante el periodo de información pública del acuerdo de aprobación inicial. ".

SEGUNDO. - Rectificar el error material advertido en el edicto de 20 de febrero de 2012 mediante el cual se ordenó la publicación de la Ordenanza reguladora del Comercio Ambulante en el Municipio de Alcúdia, en el sentido de que, al artículo 28.3 del texto normativo, referido al Mercado de verano (mercado nocturno):

Donde dice: "El mercado se hará de junio a septiembre, de jueves a sábado".

Debe decir: "El mercado se hará de junio a septiembre, de miércoles a sábado".

TERCERO. - Publicar el presente decreto, así como el texto íntegro de la ordenanza rectificada, en el tablón de edictos así como en el Boletín Oficial de las Illes Balears.

Alcúdia, 19 de marzo de 2013.

                                                                              Ante mí

La Alcaldesa,                                                         El Secretario Acctal.

Coloma Terrasa Ventayol                                                Miguel Alejandro Dot Ramis