Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 5143
Disciplina. Notificación inadmitir a tràmite. DO-2010/25

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística a Angela Riera Maestre, expte. DO-2010/25, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Angela Riera Maestre, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Le notifico, que por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo nº 22981, de fecha 21/12/2012, se ha dispuesto lo siguiente:

Visto el expediente de demolición DO 2010/25, por obras sin licencia ejecutadas en la parcela 27 B de la zona de Can Valent, 87, Casa Blanca, RC 278170650003, consistentes en: “Demolición de parte de la casa (planta piso) de unos 30 m2 de superficie. Reforma planta baja (+-55 m2). Nova construcción planta piso (+-55 m2) con forjados intermedios y de cubierta, que es plana la parte norte e inclinada de tejas la parte sur. Cubierta nueva en la planta baja (+-25 m2). Pared de cerramiento en la fachada sur (+-50 ml con bloques de hormigón de 20 cms. y 1,20 de altura. Construcción de 2 pilares de piedra natural de 1x1 y dos metros de altura y colocar una puerta nueva de hierro, corredera. Detrás de la puerta se ha hecho un paso de 15x2 metros de piedra natural”.

Vistos los escritos presentados por la Sra. Ángela Riera Mestre.

Visto el informe del TAG del servicio, de 26.11.2012, que se transcribe en la parte dispositiva.

Vistos los artículos 44, 87, 89, 92 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas, los artículos 121 y siguientes de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local y los arts. 4.1.h i 4.2.l i 18 noveno del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, y vistos el Decreto de Alcaldía nº 11918, de nombramiento de los titulares de les áreas de gobierno, de fecha 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía nº. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de fecha 23 de marzo de 2012, y otra normativa aplicable, el TAG de servicio que suscribe considera que el Teniente de Alcalde del área de Urbanismo y Vivienda, puede dictar el siguiente:

DECRET

1º- INADMITIR A TRÁMITE por extemporáneos los escritos presentados por la Sra. Ángela Riera Maestre, contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 20.03.2012 que ordena la demolición de las obras realizadas sin la preceptiva licencia municipal en la parcela 27 B de la zona de Can Valent, 87, Casa Blanca, RC 278170650003, consistentes en: “Demolición de parte de la casa (planta piso) de unos 30 m2 de superficie. Reforma planta baja (+-55 m2). Nova construcción planta piso (+-55 m2) con forjados intermedios y de cubierta, que es plana la parte norte e inclinada de tejas la parte sur. Cubierta nueva en la planta baja (+-25 m2). Pared de cerramiento en la fachada sur (+-50 ml con bloques de hormigón de 20 cms. y 1,20 de altura. Construcción de 2 pilares de piedra natural de 1x1 y dos metros de altura y colocar una puerta nueva de hierro, corredera. Detrás de la puerta se ha hecho un paso de 15x2 metros de piedra natural”

AL CONSIDERAR QUE:

  1. El acuerdo recurrido fue notificado el 27.07.2012.
  2. No concurre ninguna de las circunstancias descritas en el articulo 118 de la Ley 30/1992, que permita calificar el presente recurso como recurso extraordinario de revisión.

Los escritos han sido presentados el 29.08.2012 y el 26.10.2012 y por tanto fuera del plazo de un mes establecido por el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto, no pudiendo, en este caso, interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo deberá presentarlo en el Registro General de este Ayuntamiento, o en las dependencias a que se refiere el art. 38,4º de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución, en el plazo de un mes, a contar del día siguiente a su interposición, quedando, en este caso, expedita la vía contencioso-administrativa.

De no utilizar el recurso potestativo de reposición, cabe interponer directamente recurso contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo 116 anteriormente citado, y lo dispuesto en la Ley 29/98, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo o ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/98, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente edicto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Le recuerdo que, de acuerdo con el art. 14 del Estatuto de Autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística respecto a las futuras notificaciones que se realicen.

Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, puede dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES- Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avingudes); OAC CORT- Pl. Santa Eulàlia, 9, bjs. (Ajuntament); OAC PERE GARAU- c. Pere Llobera, 9; OAC SANT AGUSTÍ- c. Margaluz, 30; OAC SANT FERRAN- Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policía Local); OAC S’ARENAL- Av. América, 11; OAC S’ESCORXADOR- c. Emperadriu Eugènia, 6; OAC SON FERRIOL- Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h. de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h. de lunes a jueves  (OAC Avingudes). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h. en OAC Cort (sólo registro).

Palma, 15 de marzo de 2013

 

La jefa de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios

P.D. (Decreto de Alcaldía nº 22906 de 1/12/2011, publicado en el B.O.I.B. nº 187 de 15/12/2011)

Elvira Salvà Armengod