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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS

Núm. 5035
Publicación oficial del trámite de caducidad del expediente sanciona

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

No habiéndose podido notificar a,JORDI VILLACAMPA AMOROS con domicilio en GALIO,  7-URB. CAN TEIXEDORS 08328ALELLA-BARCELONA, la caducidad del expediente sancionador y pliego de cargos número. ME-07/04/12 se procede a transcribir íntegramente el texto del acto:

ASUNTO: CADUCIDAD DEL EXPEDIENTE SANCIONADOR INCOADO CONTRA VD. POR REPARACIÓN SENDERO ROCOSO EN DOMINIO PÚBLICO MARÍTIMO-TERRESTRE CON TRAMOS DE HORMIGÓN, ESCALERA METÁLICA INOX, ENTRE LOS HITOS 462-463, EN UN TRAMO DE COSTA DENOMINADO CAP D’EN FONT, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE SANT LLUIS, MENORCA.

1º.- Con fecha 04/10/2012 se inició expediente sancionador por infracción de la vigente legislación de Costas prevista en el artículo 90 de la Ley 22/1988, de 28 de julio y artículo 174 del Reglamento General para el desarrollo y ejecución de la Ley de Costas de 1 de diciembre 1989, indicada en el ‘asunto’.

2º.- Con esta fecha, esta Jefatura de la Demarcación de Costas HA RESUELTO:

Acordar la caducidad del expediente sancionador nº. ME-07/04/12, por haber transcurrido el plazo previsto en el artículo 102 de la Ley de Costas, en redacción dada por la Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social, que el plazo para notificación de la resolución de los procedimientos sancionadores será de doce meses, sin perjuicio de lo establecido en los artículos 92 y 95 de la Ley de Costas, al objeto de que sea incoado el oportuno expediente a fin de asegurar la restitución de las cosas y reposiciones necesarias en defensa del dominio público marítimo-terrestre y servidumbres legales, así como para sancionar la conducta infractora en el supuesto de que la infracción no hubiera prescrito.

Contra la presente  Resolución los interesados en el expediente que no sean Administraciones Públicas podrán interponer, en el plazo de un (1) mes, recurso de alzada  (por duplicado) ante la Dirección General de Costas, a través de esta Demarcación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 114 y 115 de la Ley 30/92 de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Las Administraciones Públicas podrán interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, sin perjuicio de poder efectuar el requerimiento previo en la forma y plazo determinados en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

 

Palma, 14 de marzo de 2013

EL JEFE DE LA DEMARCACIÓN DE COSTAS EN ILLES BALEARS,
Juan Carlos Plaza Plaza