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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 4622
Juicio de Faltas 0001169/2012

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Texto

D/Dª.  MARIA NIEVES AFAN DE RIVERA JIMENEZ, Secretario de JDO. INSTRUCCION N. 8 de PALMA DE MALLORCA.

POR EL PRESENTE HAGO CONSTAR: Que en los autos de JUICIO DE FALTAS nº 0001169 /2012 ha recaído Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal:

“En Palma, a veinticinco de febrero de dos mil trece

Vistos por mí, D. TOMÁS MÉNDEZ LÓPEZ, Magistrado Juez de Refuerzo del Juzgado de Instrucción nº 8 de los de Palma y su Partido, los autos del JUICIO DE FALTAS nº 1169/2012, seguidos por la presunta comisión de una falta de LESIONES y AMENAZAS, siendo denunciante, MOHAMMED BELARBI, y denunciados, MOSTAFA EL AKNIWI, ABDELKADER EL AKNIWI, HAFID EL AKNIWI y MOHAMNE EL AKNIWI, habiendo intervenido el Ministerio Fiscal como acusación, y en su representación D. Ramón Vázquez, procedo a dictar la presente resolución, basándome en los siguientes:

FALLO:

Debo CONDENAR y CONDENO a MOSTAFA EL AKNIWI, ABDELKADER EL AKNIWI, HAFID EL AKNIWI y MOHAMNE EL AKNIWI como autores responsables de una falta de lesiones del artículo 617.1 del Código Penal, a la pena, para cada uno, de 60 días de multa a razón de una cuota diaria de 6 euros (360 euros), con una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas de multa no satisfechas, previa excusión de sus bienes, y a que indemnicen, conjunta y solidariamente, a MOHAMMED BELARBI en la suma de 219,38 euros por las lesiones causadas; con expresa imposición de costas.

Notifíquese a las partes esta Sentencia, haciéndoles saber que contra la misma, cabe Recurso de Apelación a interponer, en su caso, en el plazo de los cinco días siguientes al de su notificación, y que se formalizará y substanciará conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.”

Concuerda bien y fielmente con su original al que me remito y para que así conste SIRVA DE NOTIFICACIÓN A MOSTAFA, HAFID, MOHAMME y ABDELKADER EL AKNIWI, extiendo y firmo el presente testimonio en PALMA DE MALLORCA, a veintiocho de Febrero de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO JUDICIAL