Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚM.2 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 3154
Juicio Verbal 0000692/2011 Sobre Otras Materias
En el presente procedimiento seguido a instancia de CHOCOCAR, SA., frente a D. ARSENIO GOMEZ LEAL se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:
SENTENCIA nº 307/2012
En la ciudad de Palma de Mallorca, martes trece de noviembre de dos mil doce.
Vistos por mí, Dña. Catalina Asela Munar Fons, Juez Sustituta en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo Mercantil nº 2 de los de esta ciudad y su partido, los autos de Juicio de VERBAL 692/2011, a instancia de la Procuradora Doña Carmen Gayá Font en nombre y representación de CHOCOCAR SA, defendida por el Letrado D. Luís Damian Mayoral de Bris contra D. ARSENIO GOMEZ LEAL, declarado en rebeldía, sobre RESPONSABILIDAD DEL ADMINISTRADOR POR DAÑOS.
FALLO
Que ESTIMANDO ÍNTEGRAMENTE la demanda interpuesta por CHOCOCAR SA CONTRA D. ARSENIO GOMEZ LEAL, declarado en rebeldía, DEBO CONDENAR Y CONDENO al demandado a que pague a la actora la cantidad de DOS MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE EUROS (2.859 €), más los intereses legales de dicha cantidad desde la fecha de la interposición de la demanda (19-12-2011) a los que deberán adicionarse los intereses procesales del artículo 576 LEC a partir de la fecha de la presente resolución, y con expresa condena en costas a la demandada.
Notifíquese a las partes y hágales saber que contra la misma, atendido que se trata de un procedimiento verbal con cuantía inferior a 3.000 euros, NO CABE RECURSO ALGUNO, conforme al artículo 455.1 LEC tras su nueva redacción por la LEY 37/2011 DE 10 DE OCTUBRE, “DE MEDIDAS DE AGILUZACIÓN PROCESAL”, que entró en vigor el 2 de noviembre de 2011 conforme indica la Disposición Final Tercera (a los veinte días de su publicación en el BOE nº 245, de 11 de octubre de 2011), y en consonancia con su Transitoria Única.
Así lo acuerda, manda y firma Dña. Catalina Asela Munar Fons, Juez Sustituta del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca.
Y encontrándose dicho demandado, D. ARSENIO GOMEZ LEAL, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
PALMA DE MALLORCA a siete de febrero de dos mil trece.
LA SECRETARIA JUDICIAL.