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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

Núm. 4833
Resolución del Consejero de Administraciones Públicas por la cual se autoriza la cesión de uso gratuita y temporal de parte del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma a la Asociación Balear de Matronas

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Texto

Antecedentes

1. El Ayuntamiento de Palma cedió a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares el edificio situado en la calle de la Rosa, 3, de Palma, por un período de 99 años, mediante un convenio suscritos el 15 de mayo de 1995 y aprobada por el Consejo de Gobierno de 4 de mayo de 1995.

2. La Asociación Balear de Matronas consta inscrita en el Registro de Asociaciones de las Islas Baleares mediante Resolución del Consejero de Presidencia de Fecha 5 de abril de 2004.

3. Esta Asociación tiene por finalidad, entre otras, fomentar y defender la profesión, representar los intereses de la Asociación, promoviendo y organizando actividades de formación y de investigación, establecer relaciones con el resto de Asociaciones y Organizaciones Nacionales y Extranjeras, divulgar los trabajos científicos profesionales y, en general, cualquier cuestión relacionada con su ámbito de formación y preparación.

4. Mediante un oficio de 16 de abril de 2012, la presidenta de la asociación se ha dirigido a la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social adjuntando la documentación que figura en el expediente y solicitando formalmente un espacio en el Casal Ernest Lluch para desarrollar sus tareas.

5. En fecha 3 de mayo, la secretaria general de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social ha firmado una memoria explicativa que emite un informe favorable sobre la cesión de un espacio del Casal Ernest Lluch a favor de la Asociación Balear de Matronas.

6. A la vista de la memoria, la consejera de Salud, Familia y Bienestar Social ha propuesto al consejero de Administraciones Públicas el inicio del expediente.

7. El 25 de mayo ha tenido entrada en la dirección general de Patrimonio un oficio de la Secretaria General de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social al que adjunta un certificado del Registro de Entidades Jurídicas y hace constar la creación del correspondiente activo fijo y el expediente dentro del sistema SAP SEINCO.

8. Consultado el Ayuntamiento de Palma sobre si considera que la finalidad y las funciones de la Asociación que nos ocupa figuran dentro de los usos previstos en el convenio de cesión la Junta de Gobierno ha acordado en sesión de 28-11-2012 informar favorablemente imponiendo algunas condiciones que se reconocen en la presente resolución.

 9. En fecha 14-02-2013, el consejero de Administraciones Públicas ha resuelto, a propuesta de la directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, el inicio del expediente.

 Fundamentos de derecho

1. Los artículos 63, 64 y 87 g de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

2. Los artículos 128, 129 y 130 del Decreto 127/2005, de 16 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

3. El Decreto 10/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Islas Baleares, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio).

4. El Decreto 11/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Islas Baleares, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., De 20 de junio).

5. El Decreto 12/2011, de 18 de junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares (BOIB núm. 91 ext., de 20 de junio), modificado por el Decreto 23/2011, de 5 de agosto (BOIB núm. 119, de 6 de agosto) y el Decreto 33/2011, de 4 de noviembre (BOIB núm. 166 , de 5 de noviembre).

6. El Decreto 81/2011, de 22 de julio, por el que se nombra a la directora general de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas de la Consejería de Administraciones Públicas (BOIB núm. 112, de 23 de julio).

Propuesta de resolución

Propongo al Consejero de Administraciones Públicas que dicte una resolución en los términos siguientes:

1. Autorizar la cesión de uso gratuita y temporal de un despacho de 12 m2, y con derecho de uso de los elementos comunes con el resto de entidades cesionarias, en la tercera planta del inmueble situado en la calle de la Rosa, 3 , de Palma, en favor de la Asociación Balear de Matronas (SENDE 2009/2012).

2. Establecer, para la cesión, las características siguientes:

a) La asociación no podrá realizar actividades lucrativas.

b) La cesión gratuita de uso se realiza por un período de cuatro años prorrogables por iguales periodos de tiempo de forma expresa hasta agotar, como máximo, los veinte años que prevé la legislación vigente. El plazo empieza a contar el día siguiente a la firma del acta de entrega.

c) La cesión gratuita de uso comporta para el cesionario la asunción de los gastos de conservación y mantenimiento, así como las obligaciones tributarias que se deriven de la titularidad y el uso de la parte del inmueble que le sea cedido.

d) Las mejoras del inmueble que realice la asociación quedarán en beneficio de la Administración cedente cuando se extinga la cesión.

e) La cesión gratuita de uso comporta la obligación por parte de la cesionaria de devolver el inmueble objeto de la cesión de uso cuando se acabe la cesión en las mismas condiciones y perfecto estado en que reconoce que lo recibe.

f) Si los bienes y derechos cedidos no se destinan al uso previsto en el acta que autorice la cesión o dejan de destinarse a ello posteriormente, se considerará revocada la cesión y revertirán a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, la cual tendrá derecho a percibir del cesionario, habiendo hecho previamente la tasación pericial pertinente, el valor de los detrimentos o deterioros que hayan experimentado.

3. Notificar la resolución a las partes interesadas.

4. Anotar la cesión gratuita en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

5. Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

 Interposición de recursos

Contra esta Resolución-que agota la vía administrativa-se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Administraciones Públicas en el plazo de un mes contado desde el día siguiente de haber sido publicada en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de haberse publicado la Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 Palma de Mallorca, 22 de febrero de 2013

La Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas

Ana María García Serrano

Conforme con la propuesta. Dicto resolución.

Marratxí, 28 de febrero de 2013

 

El consejero de Administraciones Públicas  

José Simón Gornés Hachero