Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE SALUD, FAMILIA Y BIENESTAR SOCIAL
Núm. 4722
Notificación de requerimiento para subsanar la falta de acreditación de la representación para interponer un recurso de alzada en el expediente sancionador por infracciones administrativas en materia sanitaria
En virtud de lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y por haberse ignorado el domicilio o no haberse podido localizar al destinatario, se notifica por este Edicto, que se ha requerido a la Sra. (datos personales ocultos)para que subsane la falta de acreditación de la representación para actuar en nombre de la entidad expedientada, de conformidad con el artículo 32 de la Ley 30/1992, advirtiéndole que si así no lo hace, se le tendrá, previa resolución, por desistido de la interposición del recurso de alzada.
Asimismo, se comunica que dispone de un plazo de diez días hábiles para aportar la falta de acreditación, que debe ser enviada al Servicio Jurídico de la Consejería de Salud, Familia y Bienestar Social (Pl. de España, nº 9, 07002 Palma)
Exp. Nº. Expedientada
SA 015/2011 EXPLOTACIONES HOTELERAS EDAMA SL
Palma, 12 de marzo de 2013
La técnica
Ana Rodríguez Quetglas