Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 21 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4547
Juicio Verbal 823/2012
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA: 00015/2013
SENTENCIA
En Palma de Mallorca, a 21 de febrero de 2013.
Vistos por mí, Dª CRISTINA ESCRIBANO GONZÁLEZ, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 21 de los de Palma de Mallorca y su partido, los presentes autos de Juicio Verbal nº 823/12, en materia de reclamación de cantidad por pago por controversia , instados por CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS, cuya representación se ejerce por el Procurador de los Tribunales, Letrado Sustituto del Abogado del Estado y su defensa por el Letrado, contra HILO DIRECT SEGUROS Y REASEGUROS SA y Dª KAREN PANADES CAZIER, en situación de rebeldía procesal, ha recaído sobre los mismos la presente resolución judicial.
FALLO
ESTIMO íntegramente la demanda formulada por el Letrado Sustituto del Abogado del Estado, en nombre y representación del CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS contra HILO DIRECT SEGUROS Y REASEGUROS, y en concreto la acción principal ejercitada contra la anterior, y debo CONDENAR Y CONDENO a dicha demandada a abonar a la actora la cantidad de 705’55 euros, l más los intereses legales, incrementados en un 25 por 100, desde la fecha en que abonó la indemnización el CONSORCIO DE COMPENSACIÓN DE SEGUROS.
Todo ello con expresa imposición de las costas a la entidad demandada, si las hubiere.
Líbrese testimonio de la presente resolución para unirlo a las actuaciones, incorporando el original al Libro de Sentencias.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles sabe que contra la misma, NO CABE RECURSO ALGUNO al tratarse de una sentencia dictada en juicio verbal de cuantía inferior a 3.000 euros, ex art. 455.1 Ley de Enjuiciamiento Civil.
Así por esta mi Sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- La anterior Sentencia fue leída y publicada por la Sra. Magistrado-Juez que la suscribe, estando celebrando Audiencia Pública, el día de la fecha; doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de KAREN PANADES CAZIER, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a veintisiete de Febrero de dos mil trece.
LA SECRETARIA JUDICAL