Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4701
Protección DR 2003/8 Notificación D.A. núm. 19419 de 29.10.2012
Dado que no se ha podido notificar el Decreto de Alcaldía núm. 19.479 de fecha 29 de octubre de 2012 del ayuntamiento de Palma, MIRANDA & PEÑARANDA SL, con CIF. A07044423, y para poder seguir adelante la tramitación del expediente, DR 2003/8, en relación al inmueble ubicado en la PZA. SAN ANTONIO, NÚM. 31, del Negociado de Protección de la Edificación, de Disciplina Urbanística.
De conformidad con el artículo 59.4 de la Ley 30/92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el 194, del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, a través del presente edicto se le notifica lo siguiente:
Le notifico que por decreto del Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda núm. 19419 de fecha 29.10.2012 se ha dispuesto lo siguiente:
I. Considerando que mediante Decreto de Alcaldía núm. 14505, de fecha 5 de noviembre de 2004, se procedió a aprobar la factura n. A04/132 de la empresa Ferrer Pons Hnos. SA, con CIF A07002645, por un importe de € 119.446,93, relativa a las obras de demolición del inmueble ubicado en la plaza San Antonio, núm. 31 (PC 00404003), ya disponer la exacción definitiva del coste de las obras a la entidad Miranda y Peñaranda, SA, con CIF A07044423.
II. Contra la resolución mencionada en el expositivo anterior, se interpuso por parte de la entidad Miranda y Peñaranda, SA recurso de reposición, el cual fue desestimado mediante Decreto de Alcaldía n º. 5589, de fecha 26 de abril de 2005.
III. Contra esta última resolución (26/04/2005), se interpuso recurso contencioso-administrativo, de lo que resultó la Sentencia núm. 154, de fecha 5 de junio de 2008, del Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma, que concluye:
"(...) PRIMERO: SE ESTIMA parcialmente el recurs contencioso administrativo interpuesto por la Entidad MIRANDA Y PEÑARANDA SA contra el Decreto de Alcaldía del Ayuntamiento de Palma de Mallorca n º 5589 de 26 de abril de 2005 desestimatorio del recurs de reposición interpuesto contra el Decreto de Alcaldía n º 14505 de 5 de noviembre de 2004 de aprobación de la factura de la empresa Ferrer Pons Hnos. SA correspondiente a la ejecucion subsidiaria de las obras de demoliciones del inmueble situado en la Plaza San Antonio n º 31 de Palma de Mallorca.
SEGUNDO: SE anular el actora administrativo impugnado puede ser ajustada a la legalidad del ordenamiento jurídico en lo que se refiere a la cuantia que se reclama a la recurrente, que debera fijar únicamente en la suma de SETENTA Y Nueve mil cuatrocientos Cuarenta Y UN EUROS CON Cincuenta Y UN CENTIMOS (79.441 '51). "
IV. Visto el escrito presentado en fecha 11 de septiembre de 2008 por el Sr. Miguel Ángel Sainz Pérez, en nombre y representación de la entidad Miranda y Peñaranda, SA, con CIF A07044423, solicitando "se sirva a devolver el aval presentado a la mayor celeridad posible dadas las gastos que conlleva, ya practicar liquidación por la cantidad de 79.441,51 euros indicada en la Sentencia que será abonada a este Ayuntamiento. "
Vistos los artículos 78, 79, 89 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, el artículo 121 y ss. de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, modificada por la Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de medidas para la modernización del Gobierno Local, y vistos el Decreto de Alcaldía n. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de gobierno, de fecha 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía n º. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de fecha 26 de marzo de 2012, y demás normativa aplicable, los artículos 4.2.l) y 18.novè) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo de Palma, hay que formular propuesta para la aprobación del siguiente
D E C R E T O
1 º) DEVOLVER EL AVAL a la entidad Miranda y Peñaranda, SA, con CIF A07044423, depositado en este Ayuntamiento, por un importe de € 119.446,93, en ejecución de la Sentencia núm. 154, de fecha 5 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma, parcialmente transcrita en el expositivo III de esta resolución.
2 º) PROCEDER A REALIZAR LA LIQUIDACIÓN a la entidad Miranda y Peñaranda, SA, con CIF A07044423, por un importe de 79.441 '51 €, en cumplimiento de la Sentencia núm. 154, de fecha 5 de junio de 2008, dictada por el Juzgado Contencioso-Administrativo núm. 1 de Palma, parcialmente transcrita en el expositivo III de esta resolución.
3 º) DAR CUENTA de esta resolución a Tesorería ya Liquidaciones los efectos oportunos.
4 º) NOTIFICAR la presente resolución a la entidad Miranda y Peñaranda, SA, con CIF A07044423.
Esta notificación se hace en ejecución de la sentencia n. 154, de 5 de junio de 2008, dictada por el Juzgado contencioso administrativo núm. 1 de Palma de Mallorca. Cualquier reclamación debe hacerse ante el tribunal sentenciador.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC Avenidas-Edificio Avenidas. Av. Gabriel Alomar, 18; OAC Cort-Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Pere Garau-C Pere Llobera, 9; OAC San Fernando-Av. San Fernando, 42; OAC San Agustín-C Margaluz, 30; OAC s'Arenal-Av. América, 11; OAC s'Escorxador-C Emperatriz 6; OAC Son Ferriol-Av. Cid, 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 08.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 08.30 a 17.00 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 09.30 a 13.30 h en el OAC Cort (sólo registro).
Palma, 4 demarzo de 2013
La jefa de departamento de disciplina y seguridad de los edificios
Por delegación (Decreto de Alcaldía núm. 10434 de 08.06.2012, BOIB núm. 85 de 06/14/2012)
Elvira Salvá Armengod.