Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 4590
Disciplina: DS-2009/203 Notificación estimación alegaciones
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Carlos Domenech Rodríguez, exp. nº DS-2009/203 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Carlos Domenech Rodríguez de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Elvira Salvà Armengod, jefa del departamento de Disciplina de obras, por delegación de acuerdo con el decreto de Alcaldía num. 22906 d’1.12.2011, publicado BOIB núm. 187 de 15.12.2011, le comunico que: Por decreto de Alcaldía num. 13839 de 25 de julio de 2012, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 24.04.2012 el cual se inicia a D. Carlos Domenech Rodríguez, en calidad de copropietario, procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la zn. Son Fiol (parcelación), 4, RC. 23114088001.
Visto que el 26 de abril de 2012 la Sra. Juana Maria Robles Herrera, en representación de Carlos Domenech Rodriguez, presentó escrito de alegaciones.
Visto el informe emitido el 26.06.2012 por el TAG del Servicio, que se recoge en la parte dispositiva de este decreto.
Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº 21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:
D E C R E T O
1º- ESTIMAR las alegaciones presentadas el 26.04.2012 por la Sra. Juana Maria Robles Herrera, en representación de Carlos Domenech Rodriguez, contra el acuerdo del Consejo de la Gerencia de Urbanismo de 24.04.2012 por el cual se inicia procedimiento sancionador por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en Zona Son Fiol (parcelación), 4, RC 23114088001, consistentes en: “excavación de unos 270 m2 x 3 m de altura aproximadamente. Realización de cerramiento de solar con pared forrada de piedra de 15 m x 1,20 m aproximadamente con 4 columnas de 0,70 m x 0,70 m y 2 m de altura aproximada también forradas de piedra. Se observa la realización de hueco de 1,20 m aproximadamente por el acceso a la parcela”.
AL CONSIDERAR QUE:
La recurrente aporta nueva documentación para acreditar que Carlos Domenech Rodriguez no es propietario del inmueble denunciado.
El presente expediente se tramita por las obras denunciadas el 13.05.2009 que se realizan en la parcela 4B. La documentación aportada por la recurrente acreditada que Carlos Domenech Rodriguez es propietario de la parcela 4A.
En consecuencia, cabe estimar las alegaciones realizadas y archivar el presente expediente vista la ausencia de responsabilidad de la Sra. Robles respecto a la realización de las obras denunciadas.
2º.- ARCHIVAR el expediente DS 2009/203 incoado a Carlos Domenech Rodriguez, visto que se ha acreditado que no es propietario del inmueble denunciado.
Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99 de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.-
El recurso potestativo de reposición deberá presentarse ante el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.-
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes citado y el 45 i siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Es Coll d’en Rabassa, c. Cardenal Rossell, 96 (Coll d’en Rebassa); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Son Pacs, Cm Reis, 400, (Son Pacs). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma 6 de marzo de 2013
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod