Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA,MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 4490
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Ampliación de red subterránea del Feeder 1 del CD 40049 Can Pep Barber, Formentera.
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo II de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 20 de diciembre de 2012
CONSIDERANDO
1.Que el objeto del proyecto es la instalación de 32 m de línea eléctrica subterránea por camino de tierra existente del Feeder 41 del CD Can Pep Barber 40049 para dotar de electricidad la vivienda unifamiliar situada en el polígono 13 parcela 45. Se realiza una conexión aéreo-subterránea desde el apoyo HV y se instala una línea con una potencia de 9,2 kW.
2.Que la zona de ubicación se encuentra en ANEI y afectada por APR de incendios y APR de vulnerabilidad de acuíferos. No está afectada por Red Natura 2000.
3.Que el Servicio de Gestión Forestal y Protección del Suelo y la DG de Recursos Hídricos informan favorablemente con condiciones.
4.Que el documento ambiental incluye los parámetros que establece el artículo 41.2 de la Ley 11/2006.
5.Que se han analizado los criterios del artículo 44 de la Ley 11/2006 de AIA y AAE y, considerando la magnitud del proyecto y de los impactos, no se prevé que el proyecto pueda tener efectos significativos sobre el medio ambiente.
ACUERDA
no sujetar a evaluación de impacto ambiental el proyecto “Ampliación de la red subterránea del Feeder 1 del CD 40049 Can Pep Barber”, T.M. Formentera, siempre y cuando se apliquen todas las medidas propuestas, además de cumplir los siguientes condicionantes:
1. De acuerdo con el informe del Servicio de Gestión forestal y Protección del Suelo:
-Las obras se tienen que realizar preferentemente fuera de la época de riesgo de incendios y se tienen que tomar las medidas establecidas en el artículo 8.2.c del Decreto 125/2007.
-La red de BT tiene que ir íntegramente sepultada, alrededor de los armarios o cajas de derivación se tendrá que mantener un área de baja carga de combustible, que tendrá que mantenerse a lo largo del tiempo, teniendo en cuenta siempre la no actuación sobre las especies vegetales protegidas que pueda haber.
2. De acuerdo con el informe de la DG de Recursos Hídricos:
-Durante el tiempo que duren las obras, en especial en el momento en que las zanjas estén abiertas, será necesario tener la máxima precaución para evitar vertidos accidentales de sustancias contaminantes (aceites, hidrocarburos..)
-Cualquier vertido o escape de elementos contaminantes que se pudiera producir durante la ejecución de las obras se tendrá que comunicar a la DG de Recursos Hídricos.
3.Se tiene que procurar no invadir en ningún momento las zonas vegetadas, ni para realizar acopios de material o vehículos, ni para gestionar los residuos, así como utilizar maquinaria apropiada y adecuada para evitar la afección a la vegetación, sobre todo arbórea.
4.Una vez acabadas las obras, se tiene que realizar un correcto desmantelamiento de las instalaciones temporales que existan, limpieza del terreno y el acondicionamiento de las superficies afectadas.
5.En materia de residuos, se tiene que cumplir el Real Decreto 105/2008, de 1 de febrero, por el que se regula la producción y gestión de los residuos de construcción y demolición (artículos 4 y 5), así como la Orden de la Consejera de Medio Ambiente, de 28 de febrero de 2000.
6.En el caso de afectarse alguna pared seca, ésta se tendrá que rehacer.
Se recomienda que:
1.Durante las obras haya un encargado del seguimiento ambiental que compruebe el cumplimiento de todas las medidas propuestas, considerando la especial zona donde se realizan las obras, muy natural y rodeada por zona arbolada.
2.Se utilicen materiales y acabados de tipología tradicional integrados con el entorno aplicando, si se tercia, las condiciones de integración paisajística y ambiental propuestas en las NNSS de Formentera.
Se recuerda que todos los operarios participantes en las actividades tienen que ser instruidos de la existencia de riesgo de incendio forestal, las medidas de prevención a adoptar y las actuaciones inmediatas a efectuar ante un conato de incendio.
Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas y/o territoriales de las administraciones competentes.
Palma, 31 de enero de 2012
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato