Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 4 DE EIVISSA
Núm. 3789
Juicio Verbal 0000276/2011 Sobre Otras Materias
Dª. MARIA. DEL MAR INCIO BALBOA, Secretario/a Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.4 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,
ANUNCIO:
En el presente procedimiento JUICIO VERBAL seguido a instancia de FRANCISCA GONZALEZ FERNANDEZ frente a JOSE TORRES FERRER, EULALIA ROIG RAMON se ha dictado Sentencia, cuyo FALLO es del tenor literal es el siguiente:
“Que estimando la demanda presentada por el procurador de los tribunales D. Juan Antonio Landáburu en nombre y representación de Dª. FRANCISCA GONZALEZ FERNANDEZ contra D. JOSE TORRES FERRER y Dª. EULALIA ROIG RAMON, debo condenar y condeno a los demandados a n la vivienda de la parte actora sita en el piso cuarto, puerta tercera del mismo edificio, deberá proceder a:
a) Rehacer 5.50 metros cuadrados de falso techo de escayola con placas de escayola decorada de 60X60 cm, suspendidas con alambres de esparto y pasta de escayola, incluyendo remate perimetral con moldura de escayola, incluyendo remate perimetral con moldura de escayola Sección 4,5X4,5 cm tomado con adhesivo para escayola.
b) Pintura de 5,50 metros cuadrados del techo del baño al plástico satinado realizando una capa de imprimación y dos de acabado.
c) Picado del revestimiento exterior de mortero en fachada en superficie de 4 metros cuadrados.
d) Pintura de esa superficie en plástico satinado realizando una capa de imprimación y dos de acabado y colocación de un metro.
e) Retirada de 1 metro cuadrado de azulejos cuyo color ha oscurecido a consecuencia de los daños y colocación de metro cuadrado de azulejos en el cuarto de baño de las mismas características que los existentes.
Esta resolución es firme y contra la misma no cabe recurso alguno.
Así, pronuncio, mando y firmo ésta, mi Sentencia.”
Y encontrándose dicho demandado, JOSE TORRES FERRER, EULALIA RQIG RAMON, en paradero desconocido, se expide la presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
IBIZA/EIVISSA a catorce de Febrero de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.