Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 6 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 2476
Juicio Verbal 0000235/2012 Sobre Otras Materias
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA Nº 144
En Palma de Mallorca, a diecinueve de septiembre de dos mil doce.
Vistos por mí, Mª ISABEL DEL VALLE GARCÍA, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de esta Ciudad, los presentes autos de Juicio de Verbal número 235/12, seguidos a instancia de Dª. Sonia Carmen Muñoz Capllonch representada por el Procurador D. José Castro Rabadán y defendida por la Letrada Dª. Araceli García Ros, contra D. Andy Jens Bohmann, en situación procesal de rebeldía, sobre desahucio y reclamación de rentas adeudadas.
FALLO
QUE ESTIMANDO TOTALMENTE LA DEMANDA interpuesta por Dª. Sonia Carmen Muñoz Capllonch, representada por el Procurador D. José Castro Rabadán, contra D. Andy Jens Bohmann, en situación procesal de rebeldía, DEBO DECLARAR Y DECLARO RESUELTO EL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO urbano suscrito sobre el inmueble sito en Lluchmajor, ‘Sa Torre’, C/ Lluc nº 8, Complejo ‘Colibrís’, edificio ‘F’, escalera 1, piso 2º, puerta 13, suscrito entre ambas partes litigantes el día 19 de octubre de 2007, por una renta mensual pactada de 600 euros, que vinculaba a las mismas, CONDENANDO a la parte demandada a que abone a la parte actora la cantidad de SEIS MIL CIENTO EUROS (6.000 euros), con sus correspondientes intereses legales, así como al pago de las costas del procedimiento.
Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en el plazo máximo e improrrogable de 20 días, para ante la Audiencia Provincial por escrito presentado ante este juzgado, previo depósito de 50 euros en concepto de ‘recurso’, debiendo para ello estar al corriente del pago de las rentas.
Así por ésta, mi Sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de ANDY JENS BOHMANN, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a cuatro de Febrero de dos mil trece.
LA SECRETARIA JUDICIAL.